México contrademanda a Calica por daño ambiental en Quintana Roo; exige mil 550 mdd

El Gobierno de México contrademandó a la empresa Calica, y exigen una compensación de mil 500 mdd, por daño ambiental que causó en Quintana Roo
miércoles, 12 de abril de 2023 · 09:15

El Gobierno de México contrademanda a Calizas Industriales del Carmen (Calica) en el juicio internacional que se disputa en el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias relativas a Inversiones (Ciadi) y pide de compensación la misma cantidad que demanda la empresa transnacional, de mil 500 millones de dólares, por el daño ambiental.

Esto se aprecia en el Memorial de Contestación del Demandado sobre la Reclamación Auxiliar que presentara México el pasado 19 de diciembre, luego de que al filial de Legacy Vulcan ampliara su denuncia contra la nación, tras la clausura del 5 de mayo de 2022.

Como se recordará, mediante la Resolución Procesal No. 7, emitida por el Tribunal arbitral el 11 de julio de 2022, que permitió a Legacy Vulcan presentar una demanda suplementaria para disputar los hechos relativos al predio “La Rosita”, localizado en la zona continental de Cozumel, de conformidad con dicha resolución y con las comunicaciones consecuentes, el Gobierno mexicano presentó su Contestación al Memorial de Demanda Subordinada.

En este sentido, la defensa mexicana refirió que dicha reclamación presenta un grave problema jurisdiccional de carácter sistémico, que atenta en contra de la integridad y el funcionamiento del procedimiento arbitral en el marco de las obligaciones contratadas por México. En efecto, las medidas que se reclaman se refieren a hechos que acontecieron en mayo de 2022, es decir, casi 2 años después de que el Tratado de Libre Comercio para América del Norte (TLCAN) dejara de ser vinculante para las Partes.

“En este contexto, resulta evidente que el Tribunal carece de jurisdicción para pronunciarse sobre supuestas violaciones de un tratado que no estaba vigente al momento en el que ocurrieron los hechos”, dejó en claro el Gobierno nacional.

La defensa de México, al hacer referencia a los señalamientos de Calica en el sentido de que el Presidente, Andrés Manuel López Obrador, lo mencionaba continuamente en sus “mañaneras”, refirió que, “la Demandante pretende convertir este procedimiento arbitral en un debate político (politics) para desviar la atención de su conducta de mala fe, con la intención de evadir la responsabilidad por la devastación ambiental que ya causó. Con el mismo objetivo, interpreta de un ejercicio público de comunicación una campaña mediática en su contra”.

“Legacy Vulcan y sus subsidiaria Calica, además de haber faltado a las obligaciones que expresamente se comprometió a cumplir, urdió una estrategia con el objetivo de obtener la sobreexplotación de una parte del territorio del Caribe Mexicano en una superficie, una profundidad y una temporalidad que nunca manifestó a las autoridades mexicanas”, destaca también, en referencia a los planes de esta empresa de mantener la extracción de material por lo menos 100 años.

Asimismo, al recordar el daño que ha ocasionado esta empresa en territorio nacional y que ha sido evidenciado con un estudio hecho por diversos especialistas (publicado en su momento por periódico Por Esto!), la defensa nacional solicitó al Tribunal del Ciadi resolver, primero, que la reclamación de Calica es inadmisible porque se basa en conductas irregulares en contravención de la normativa ambiental; y, en su caso, el mismo Tribunal carece de competencia ratione temporis respecto a las reclamaciones formuladas por la Demandante, porque se basan en hechos que ocurrieron cuando el TLCAN ya no se encontraba vigente; sin olvidar que la reclamación carece de méritos y, en consecuencia, México no es responsable de ninguna supuesta violación al TLCAN.

De igual modo, solicitó que ordene a Calica pagar los costos y gastos en los que la demandada ha incurrido a raíz de este arbitraje, incluidos la parte de los gastos del Tribunal que corresponden a México (que fue por 2 millones de dólares); la parte de los gastos de administración del procedimiento ante el Ciadi que corresponden a México; los honorarios de los asesores legales externos de México; el pago de los expertos contratados por México; y cualquier otro gasto incurrido por el Gobierno de México en relación con este procedimiento; además del pago de los intereses que se generen derivado de la falta de pago inmediato de los conceptos antes referidos.

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NR