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Por Redacción Por Esto!
21 de Dec de 2023
2 min
Escrito por Redacción Por Esto!
A través del Diario Oficial de la Federación, se hizo oficial la extinción de Notimex, la tarde de este jueves 21 de diciembre, donde se puede observar lo detallado.
"SE EXTINGUE EL ORGANISMO DESCENTRALIZADO DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL, NO SECTORIZADO, DENOMINADO NOTIMEX, AGENCIA DE NOTICIAS DEL ESTADO MEXICANO, Y SE ABROGA LA LEY QUE CREA LA AGENCIA DE NOTICIAS DEL ESTADO MEXICANO", cita el documento al respecto.
En más de 15 artículos se puede entender la conclusión a la que se llegó, detallando lo que la ley ha determinado sobre la Agencia de Noticias del Estado Mexicano.
#ATENCION
— SUTNOTIMEX (@Sutnotimex) December 22, 2023
Sutnotimex agradece el apoyo que el sindicato hermano, @stunam ha brindado a la resistencia de nuestra organización durante los 3.10 años de huelga.
La reciente donación abona al sustento de los campamentos que aún sostenemos en el marco de la EXTINCIÓN de Notimex.uD83EuDD1D pic.twitter.com/BcX4UzvuyC
"Se extingue el organismo público descentralizado de la Administración Pública Federal, no sectorizado, denominado Notimex, Agencia de Noticias del Estado Mexicano, que conservará su personalidad jurídica exclusivamente para efectos del proceso de liquidación respectivo, en términos de las disposiciones administrativas y presupuestales aplicables", afirma el artículo primero.
Ahora lo que compete es el proceso de liquidación que comenzará en cuanto a los trabajadores que conformaban esta extinta agencia.
"El proceso de liquidación de Notimex, Agencia de Noticias del Estado Mexicano, queda a cargo del Instituto para Devolver al Pueblo lo Robado, que fungirá como liquidador único del Gobierno Federal, conforme a las disposiciones legales aplicables, para lo cual se le otorgan las más amplias facultades para actos de administración, pleitos y cobranzas y de dominio; para suscribir u otorgar títulos de crédito, así como para realizar cualquier acción que coadyuve a un eficiente proceso de liquidación", se lee en el artículo 2.
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