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La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) puso fin a la penalización de la interrupción del embarazo en su etapa inicial

El Pleno de la Suprema corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró inconstitucional la penalización del aborto.

Luego de reiniciar este martes la discusión sobre la penalización del aborto en Coahuila, por unanimidad, los ministros del pleno de la SCJN invalidaron el artículo 196 del Código Penal de Coahuila, que imponía de uno a tres años de cárcel “a la mujer que voluntariamente practique su aborto o a la persona que le hiciere abortar con el consentimiento”.

“No tiene cabida dentro de la doctrina jurisprudencial de este Tribunal Constitucional un escenario en el cual la mujer y las personas con capacidad de gestar no puedan plantearse el dilema de continuar o interrumpir su embarazo”, argumentó el proyecto del ministro Luis María Aguilar.

La decisión de la SCJN solo invalida el Código Penal de Coahuila, pero sienta un precedente obligatorio para todos los Tribunales del país, que deberán fallar a favor de las mujeres de otros estados.

Con ello, mujeres y organizaciones que defienden los derechos reproductivos podrán aprovechar el precedente para combatir por la vía judicial la criminalización del aborto en otros códigos penales estatales.

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aarl