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En Ciudad del Carmen, los trabajadores de Pemex aseguran que persiste la corrupción por los altos mandos encabezada por el líder de la Sección 42

Un entramado de corrupción y tráfico de influencias entre los funcionarios de Petróleos Mexicanos (PEMEX) con los altos mandos y líderes charros de la Sección 42 del Sindicato de Trabajadores Petroleros de la República Mexicana (STPRM), ha permitido que Luis Gerardo Pérez Sánchez se perpetúe en el poder, a pesar de que desde hace más de 10 cumplió los requisitos para jubilación, según las cláusulas 9 y 134  del Contrato Colectivo de Trabajo (CCT), además de que lleva 26 años ostentándose como líder sindical, denunció el extrabajador Mario Alberto Arcos Lucio.

Dijo que la red de corrupción existente sólo se explica porque Pérez Sánchez sigue vigente en la paraestatal como líder de la Sección 42 e indicó que gerentes, subgerentes, jefes de Recursos Humanos de la Región Marina Noreste, Sureste y Perforación, están bajo las órdenes de Pérez Sánchez, para evitar sanciones, jubilaciones anticipadas, bloqueo de su basificación y de jubilaciones a los inconformes que alzan la voz contra su “terrorismo sindical”, y la forma de pagar es que algunos funcionarios de PEMEX tienen hijos, hijas, hermanos, esposos y esposas trabajando en la Sección 47.

Con esto tiene el control de voluntades y la puerta abierta a la corrupción dentro de Recursos Humanos de la petrolera, pues de acuerdo a documentos oficiales, Luis Gerardo Pérez Sánchez, tiene más de 38 años de antigüedad en Petróleos Mexicanos, sin contar la cláusula 9 CCT, pues si se incluye su antigüedad actual, serían 46 años de labores.

Arcos Lucio subrayó que es tanto que control que ha generado con su red de corrupción con el que fomenta, también el terrorismo sindical, que no le aplican la cláusula 134, que señala que el patrón otorgará el beneficio de la jubilación a sus trabajadores de planta, ya sea por vejez y por incapacidad total y permanente para el trabajo; a estos trabajadores cuando acreditan 30 años o más de servicios, y 55 años de edad, como mínimo.

En tanto, los que acreditan 35 años o más de servicios sin límite de edad, se les tomará como base para fijar la pensión, el salario del puesto de planta que tengan en el momento de obtener su jubilación, “en estos casos y previo acuerdo con el sindicato, el patrón tendrá la facultad de jubilar al trabajador y este, aceptar su jubilación. Los trabajadores que no cumplen con los parámetros antes mencionados, tendrán el trato de acuerdo con el anexo 16”, abundó.

Señaló que Pérez Sánchez ya cumple con lo que señala la Cláusula 134, y como dice la misma cláusula, el patrón tendrá la facultad de jubilar al trabajador, “pero Recursos Humanos de PEMEX está en contubernio para pasar décadas y seguir operando a la sombra de la impunidad”, afirmó.

Incluso pone de ejemplo que al recibo de Pérez Sánchez no le descuentan seguro de vida y tampoco el pago de la segunda hipoteca de su casa de la Privada Playades II, del Fraccionamiento Playades, en el Fraccionamiento Santa Rita.

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LV