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Reformas en materia electoral que establece la violencia política en razón de género fueron aprobadas en la sesión de comisión de puntos constitucionales en el Congreso Local.

Con las reformas en materia electoral aprobadas ayer en la Comisión de Puntos Constitucionales, quedará establecido en el Código Penal del Estado la violencia política en razón de género, así como se estableció en la Constitución del Estado que los partidos políticos deberán destinar entre el 25% y 50% de su presupuesto anual para actividades de capacitación, promoción y desarrollo del liderazgo político de las mujeres.

Los diputados de la Comisión de Puntos Constitucionales aprobaron ayer las reformas que entrarán en vigor en el próximo período electoral que arranca en el mes de noviembre.

En las reformas a la Constitución Política del Estado se estableció que el financiamiento para actividades específicas equivaldrá el 7% del voto total que corresponda a cada año por actividades ordinarias; el 30% de la cantidad que resulte de acuerdo con lo señalado anteriormente, se distribuirá entre los partidos políticos de forma igualitaria, y el 70% restante de acuerdo con el porcentaje de votos que hubieran obtenido en las elecciones de diputados inmediatamente anterior.

Los partidos políticos deberán destinar entre el 25% y hasta el 50% del monto que les corresponde a las actividades específicas para la capacitación, promoción y desarrollo del liderazgo político de las mujeres.

Integración paritaria

Además, la integración del Congreso del Estado deberá ser bajo el principio de integración paritaria, asignando diputaciones de representación proporcional, compensando el género con el menor número de diputados de mayoría relativa en los términos que al efecto disponga la legislación local de la materia.

Se precisa que la integración del Congreso será bajo el principio paritario, asignando diputaciones de representación proporcional, compensando el género con el número de diputados de mayoría relativa.

En cuanto a la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, se incluye una nueva modalidad de violencia y se enlistan las conductas que pueden considerarse violencia política y se integra el Sistema Estatal para Prevenir, Atender y Sancionar Erradicar la Violencia contra las Mujeres, al Inaip y al Iepac.

En torno a la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales del Estado se integran cambios en lenguaje incluyente, se inserta la definición de paridad de género y violencia política contra las mujeres en razón de género; contemplar la observancia de los principios de igualdad, no discriminación y de equidad.

Se cambian las fechas de inicio del proceso electoral para que cuando se trate de elecciones intermedias, inicien en noviembre. En año de elección en la que incluya renovación de la gubernatura iniciará en octubre. Por ende, se corren las fechas de instalación de los consejos municipales y distritales.

En caso de registro de candidatos por un total de distritos electorales donde sea par, la mitad debe ser mujer y la mitad debe ser hombre. En el caso de que se registren candidaturas por números impares, deberá garantizar la diferencia mínima porcentual.

Regidores

Para planillas de candidatos a regidores, el criterio de paridad horizontal será mediante la conformación de tres bloques de alta, mediana y baja votación.

Se propone la creación de un capítulo denominado “De las Medidas Cautelares de Reparación en los Casos de Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género”.

En la Ley de Partidos Políticos se propone integrar cambios de lenguaje incluyente, adicionar la observancia de valores cívicos y culturales; se abordan dos temas relativos a financiamiento en concordancia con la reforma constitucional.

Además, todos aquellos partidos políticos con registro nacional que no hubiesen obtenido el 3% de la votación, pero sí conserven su registro, serán acreedores a financiamiento público durante el año de la elección.

Se estableció en el Código Penal del Estado que se impondrá de seis meses a dos años de prisión a quien viole cualquiera de las órdenes de protección que se requiere en la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.

En caso de violencia política contra las mujeres por razón de género se impondrá, además de las penas ya referidas, las establecidas en el artículo 20-Bis de la Ley General en Materia de Delitos Electorales.

En la Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado se incluye a la falta administrativa de abuso de funciones, la referencia a la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.

En la Ley de Sistemas de Medios de Impugnación en Materia Electoral se adicionan las causales de procedencia de juicio para la protección de los derechos políticos electorales de las mujeres en caso de violencia política.

El dictamen aprobado deberá pasar al pleno en el próximo periodo extraordinario de sesiones.

Candidatas al Inaip

En la Comisión de Vigilancia de la Cuenta Pública, Transparencia y Anticorrupción, se presentó a los diputados la lista con las 15 aspirantes al cargo de comisionado del Instituto de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (Inaip), para sustituir a la actual comisionada del instituto, María Eugenia Sansores Ruz, quien termina su encargo el próximo 14 de julio del 2020,

Anahí Herrera Interián, Graciela Torres Garma, Layda Cárdenas Canto, Francisca Sabido Avilés, María Segovia Chab, Adriana de León Carmona, Jessica Núñez Saldívar, Virginia Angulo Vázquez, Giovanna Mézquita Méndez, Doris Candila Echeverría, Irene Torres Ortegón, Maury Valle Valencia, Janine Andrade Campos, Martha Dib Gasque y Denice Magaña Contreras.

Dichas candidatas comparecerán de manera virtual ante los diputados de la Comisión el próximo viernes 3 de julio, a partir de las 10 de la mañana, y tendrán 5 minutos para presentar su exposición de motivos y 10 minutos para responder a las preguntas de los integrantes de la comisión o diputados que quiera participar.

Por David Rico