Sedena contempla juicio del mando militar a través de la FGR

El titular de la Sedena, Luis Cresencio Sandoval, aseguró en días pasados que se investiga una presunta "novatada" ordenada por el mando militar en Tijuana
viernes, 8 de marzo de 2024 · 08:23

El reciente suceso en el que siete cadetes de la Guardia Nacional encontraron la muerte por ahogamiento en las aguas de Ensenada durante una actividad presuntamente obligada, ha llevado a la detención del director del Centro de Adiestramiento de la Guardia Nacional en Baja California. 

Aunque la identidad y rango del oficial permanecen bajo reserva, su detención en Tijuana marca el preludio de un proceso legal por cargos de desobediencia y abuso de autoridad, conforme a lo estipulado en los capítulos 3 y 2 del Código de Justicia Militar, respectivamente.

En un giro inesperado, la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena) contempla la posibilidad de remitir el expediente a la Fiscalía General de la República (FGR) para investigar a fondo la responsabilidad del mando por las muertes provocadas al ordenar el ingreso de los cadetes al mar bajo condiciones meteorológicas desfavorables.

El general Luis Cresencio Sandoval, el martes pasado, mencionó que el acto podría interpretarse como un potencial abuso de autoridad por parte del director del Centro de Adiestramiento. 

Esta parte de la pesquisa, actualmente en manos de la Fiscalía de Justicia Militar, podría ser transferida a la jurisdicción federal, es decir, a la FGR liderada por Alejandro Gertz Manero.

Mientras tanto, la Fiscalía de Justicia Militar avanza en la conformación del expediente de investigación.

 El mando militar, ahora bajo custodia, aguarda la audiencia inicial ante un juzgado militar en el norte del país. 

Allí, se le formulará la imputación oficial por los presuntos delitos de desobediencia y abuso de autoridad, siendo responsabilidad del juez militar determinar la procedencia de un proceso.

El responsable de la formación inicial de los cadetes deberá, además, hacer frente a las denuncias presentadas por los familiares de los fallecidos ante la fiscalía de Baja California. 

Fundamentalmente, deberá explicar al juez militar las razones por las cuales llevó a cabo la actividad fatal, especialmente si esta no estaba prevista en los programas de adiestramiento.

El Código de Justicia Militar, en su artículo 301, define la desobediencia como la falta de ejecución o el incumplimiento de una orden superior, incluyendo la modificación o excedencia en su ejecución sin justificación. 

Este delito acarrea penas de hasta 70 años de prisión, dependiendo de la gravedad del caso. Por otro lado, el artículo 293 castiga el abuso de autoridad hacia un subalterno, enfatizando la obligatoriedad del trato conforme a las normativas legales.

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