Tribunal Electoral de Quintana Roo 'revoca' acuerdo de Ieqroo sobre derechos políticos

Tribunal Electoral de Quintana Roo revoca acuerdo de Ieqroo en respuesta al Recurso de Apelación RAP/008/2023.
viernes, 13 de octubre de 2023 · 15:48

El Tribunal Electoral de Quintana Roo (Teqroo) determinó revocar el acuerdo 007/2023, emitido por la Comisión de Quejas y Denuncias (CQyD) del Instituto Electoral de Quintana Roo (Ieqroo), al resolver el Recurso de Apelación RAP/008/2023 en una sesión realizada ayer por la tarde.

El recurso de apelación fue promovido por Freyda Marybel Villegas Canché, en contra del referido acuerdo, por medio del cual, la Comisión de Quejas y Denuncias del Ieqroo declaró parcialmente procedente la adopción de medidas cautelares solicitadas en el Procedimiento Ordinario Sancionador registrado bajo el número de expediente IEQROO/POS/011/2023.

En el recurso, Marybel Villegas señaló que desde su perspectiva existe un incorrecto análisis de la valoración de las probanzas que motivaron la decisión de otorgar parcialmente las medidas solicitadas, así como un incorrecto análisis de los elementos de la promoción personalizada y una insuficiencia de las justificaciones que realiza para otorgar las medidas cautelares.

El Pleno le dio la razón a Villegas y determinó revocar el acuerdo impugnado, para que la autoridad responsable emita uno nuevo en el que se pronuncie de manera congruente, exhaustiva, fundada y motivada, a partir del análisis de los elementos objetivo y temporal que realice de manera preliminar de la promoción personalizada de la imagen.

El caso del Juicio para la Protección de los Derechos Político Electorales de la Ciudadanía Quintanarroense JDC/021/2023 y sus acumulados, fue presentado por Diana Lilian López Carrera y otros, quienes se autoadscriben como integrantes de la diversidad sexual, por la presunta omisión del Ieqroo y el Congreso del Estado de Quintana Roo, de implementar acciones afirmativas encaminadas a garantizar sus derechos políticos electorales de ser votados, así como de integrar órganos colegiados electorales.

Al respecto, una vez precisadas las posturas del Ieqroo y del Congreso del Estado, el Pleno del Teqroo determinó por unanimidad de votos como infundados los conceptos de agravio hechos valer, ya que del análisis del contexto del caso, el marco legal y convencional, así como los precedentes emitidos por la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), se estimó que el Ieqroo sí ha realizado acciones encaminadas a garantizar los derechos político-electorales.

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AT