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Yucatán / Sucesos

En Tekax, la mujer G.N.V.C tenía prohibida la convivencia con sus dos hijos menores de edad, así como el denunciante, sin embargo, desobedeció al Juez de lo Familiar

Ante el incumplimiento de la disposición de un Juez de lo Familiar sobre la modificación del régimen de convivencia entre sus dos hijos menores y el denunciante, la Fiscalía imputó a una mujer.

Desobediencia de particular a un mandato de autoridad es el delito por el cual es acusada una mujer, identificada con las iniciales G.N.V.C. Por ese motivo, la parte afectada acudió a presentar la denuncia en su contra, con la que se integró la carpeta, que fue judicializada bajo la causa penal marcada con el número 101/2022.

Una vez iniciado el proceso penal, los especialistas de la Fiscalía General del Estado (FGE) comenzaron la indagatoria. Según el expediente, en septiembre del 2020 a la imputada se le informó que el régimen de convivencia decretada ante un Juez de la Familiar con sede en Ticul cambiaría a la modalidad de videollamadas, que serían cuatro veces por semana.

Sin embargo, la procesada no cumplió con ese mandato judicial de la autoridad familiar, a pesar de los requerimientos y las dos multas que se le impusieron, razón por la cual el Juez ordenó consignar el expediente a la Fiscalía Estatal.

En la audiencia, efectuada en el Juzgado Primero de Control del Tercer Distrito, con sede en la ciudad de Tekax, ubicada en el Sur del Estado, los representantes de la Fiscalía General del Estado formularon la imputación y expusieron los datos de prueba para solicitar la vinculación a proceso. La imputada pidió la ampliación del plazo constitucional para resolver su situación, así que el Juez de Control estableció que la audiencia se reanude en próxima audiencia, con fecha por definir.

Antes de dar por concluida la diligencia judicial, los fiscales justificaron la solicitud de medidas cautelares. El juzgador dictaminó que la indiciada deberá acudir mensualmente a firmar en el Ministerio Público de Ticul y tiene prohibido salir del Estado sin autorización judicial, disposiciones que se mantendrán vigentes todo el tiempo que dure el proceso.

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CC