Julio Anselmo Be Poox, Jala’ach Wíinik Mayaob del Supremo Consejo Maya de Yucatán Primero y Único por Usos y Costumbres acusó al Instituto Nacional Electoral (INE) en Yucatán de violar la ley respecto a los candidatos indígenas, pues carece de facultades constitucionales para definir requisitos y, por lo tanto, abusó de su autoridad, en complicidad con los partidos políticos, al permitir que organizaciones y asociaciones civiles extendieran cédulas de identidad indígena, sin tener facultades constitucionales.
Recordó que de febrero a octubre de 2022, el INE organizó sus consultas previas para determinar quiénes eran indígenas en Yucatán; tras un largo proceso, hubo poca o nula participación de los convocados, lo que demostró desconocimiento del tema.
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Luis Guillermo de San Dennis Alvarado Díaz, consejero presidente del Consejo Local del INE, aseguró que el supremo consejo maya no requiere de partidos políticos para registrar candidaturas; sólo y nada más, de conformidad al artículo 1, párrafo tercero de la Constitución Mexicana, requiere que INE y Iepac registren candidaturas indígenas mayas y aparezcan en la boleta electoral.
“El INE aceptó que los comisariados ejidales emitieran cédulas de identidad originaria indígena, aun cuando estas carecen de facultades constitucionales para efectos de temas electorales”.
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Afirmó que el tribunal federal electoral tomó una resolución, por las impugnaciones en contra de candidaturas originarias otorgadas a personas de origen extranjero (sirio libaneses) sin sustento jurídico, violando los derechos constitucionales.
“Invocamos a los gobernantes con apego a los artículos 8; 1, párrafos tercero y quinto de la constitución mexicana, para que reconozcan, acepten y otorguen facilidades, para el ejercicio total y absoluto de nuestros derechos por la libre determinación y autonomía”.
Dijo que en ejercicio de este derecho de petición, se pidió que cada autoridad, en su ámbito de competencia, asuma su responsabilidad y disponga lo que en derecho les corresponde, para dar respuesta, conforme a lo siguiente: el acta de organización y administración sea suficiente, para acreditar y libre determinación; se les proporcione el RFC, para ejercer recursos económicos de toda índole y ser sujetos a la fiscalización; que el Gobierno de Yucatán otorgue personalidad jurídica al Supremo Consejo Maya, para ejercer el derecho de identidad, y pueda realizar trámites y gestiones ante diferentes instancias gubernamentales, ya sean de carácter nacional o extranjero, nos otorguen la calidad de donatarios.
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