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Yucatán

La Suprema Corte de Justicia de la Nación estudia temas como el matrimonio igualitario, el cual tuvo un resolutivo desatinado por el Congreso

Varias decisiones y leyes aprobadas por el Congreso del Estado han sido desatinadas e, incluso, consideradas ilegales, lo que ha valido que sean impugnadas ante tribunales federales y ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación, instancias que ya han obligado al Legislativo local a reponer procesos, como el que ordenó recientemente un Tribunal Colegiado en Materias Penal y Administrativa del Decimocuarto, relativo a la ratificación de César Antuña Aguilar como Magistrado Presidente del Tribunal de los Trabajadores al Servicio del Estado y los Municipios.

Además, hay dos amparos atraídos por la Suprema Corte de Justicia de la Nación por el tema del matrimonio igualitario, pendientes de discutirse ante la negativa del Legislativo local de aprobar la unión entre personas del mismo sexo.

También, el Instituto Estatal de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales (INAIP) presentó una acción de inconstitucionalidad contra de diversas disposiciones de la Ley de Archivos del Estado de Yucatán, además de que activistas presentaron ante un Juzgado de Distrito una demanda más de amparo por la tipificación del “ciberacoso” que consideran criminaliza la protesta y el activismo en redes sociales.

El caso más reciente que muestra las decisiones erróneas del Legislativo se dio luego de no ratificar en 2019 a César Antuña como Magistrado Presidente del Tribunal de los Trabajadores al Servicio del Estado y los Municipios. Luego de un proceso jurídico, el Tribunal Colegiado les ordenó reponer el proceso para ratificarlo en el cargo y, en caso de no hacerlo, deberán fundar su decisión.

En este tema, el Congreso del Estado solicitó una prórroga de 30 días para desahogar este tema, tiempo que les fue concedido y deberá de resolverse el tema a mediados del próximo mes de junio.

Pero no es la única decisión de los diputados que ha acabado en tribunales. Luego de que en un paro de ocasiones negaron la posibilidad del matrimonio entre personas del mismo sexo, en votaciones secretas, el Colectivo por la Protección de Todas las Familias en Yucatán (CPTFY) presentó un par de amparos ante la SCJN.

El tema ya ha sido enlistado en la Primera Sala del máximo tribunal del país, pero se ha aplazado la discusión. Sin embargo, el proyecto de sentencia del ministro Juan Luis González Alcántara, es favorable a los promoventes del amparo 143/2020 y señala que la regulación prohibitiva del matrimonio igualitario que existe en Yucatán es inconstitucional, constituye una afectación directa en la violación de los derechos y discriminación permanente de las personas homosexuales, como de sus hijas e hijos.

Una resolución de la SCJN podría obligar al Congreso de Yucatán a que apruebe el matrimonio igualitario, según han mencionado los integrantes del CPTFY.

Este Colectivo, junto con la agrupación Article 19 presentaron también una demanda de amparo ante el Juzgado Segundo de Distrito, la cual fue admitida el año pasado, pues consideran que tipificar en el Código Penal el “ciberacoso”, se criminaliza la protesta y el activismo en redes sociales.

Cabe recordar que los diputados y diputadas establecieron el delito de “ciberacoso” con una pena de seis meses a tres años de prisión para quien “intimide y asedie a cualquier persona, a pesar de su oposición, por medio de las Tecnologías de la Información y Comunicación, tales como redes sociales, mensajería instantánea, correo electrónico o cualquier otro medio digital; mediante el envío de mensajes de texto, videos, impresiones gráficas, sonoras o fotografías”.

No obstante, las agrupaciones mencionadas sostienen que la redacción da pie a que se pueda usar el aparato de justicia penal para inhibir las críticas y exigencias a funcionarios públicos en redes sociales y en Internet.

El año pasado, el INAIP también presentó una acción de inconstitucionalidad en contra del Congreso estatal, por la Ley de Archivos que se aprobó y que, consideró el organismo, vulnera el ejercicio del derecho de acceso a la información pública en varios de sus artículos.

Es la primera vez que el instituto presenta un recurso de esta naturaleza contra la citada Ley que se publicó el pasado 24 de junio del año pasado. Un mes después el INAIP acudió a la SCJN pues, sostuvo, la norma contiene disposiciones contrarias a lo que marcan la Ley General de Archivos, la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, y a la propia Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Pero estas malas decisiones son herencia también de la anterior Legislatura, la cual le quitó el fuero a los Magistrados y jueces de la Judicatura en el 2017, por lo que el Poder Judicial presentó una controversia constitucional.

En aquel año los legisladores eliminaron el fuero constitucional a servidores públicos, pero además del gobernador, diputados locales, presidentes municipales, titulares de la administración pública estatal y de organismos autónomos, se incluyó a magistrados y consejeros de la judicatura del Poder Judicial.

La decisión fue impugnada ante la SCJN y el falló fue a favor de los juzgadores y les devolvió el fuero.