Cámara de Diputados cataloga a las terapias de conversión como un nuevo delito en México

Funcionarios públicos del PAN y PRD no estuvieron de acuerdo con la implementación de la pena; aunque el resto de los partidos políticos celebró el desarrollo de la libre personalidad.
viernes, 22 de marzo de 2024 · 23:08

La Cámara de Diputados confirmó que, a partir de este viernes 22 de marzo de 2024, las terapias de conversión serán consideradas como un delito en el Código Penal Federal de la República Mexicana.

Derivado del acuerdo en el pleno de la Cámara de Diputados, las terapias de conversión serán penalizadas en el territorio nacional: la medida fue aprobada luego de 267 votos a favor, 104 en contra y 33 abstenciones.

Los únicos movimientos que no estuvieron a favor de sancionar los Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual y la Identidad de Género (ECOSIG) fueron los Partidos Acción Nacional (PAN) y de la Revolución Democrática (PRD).

Luego de 6 años de trabajo para combatir las terapias de conversión, la Cámara de Diputados por fin acordó establecer una norma en contra que será válida en todo el país; la Ley General de Salud también será reformada.

Radio Fórmula y El Universal señalaron que las penas irán de 2 a 6 años de cárcel. Asimismo, cualquier persona que incurra con este tipo de tratamientos deberá pagar entre mil y 2 mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA). 

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FAR