Comisiones del Senado avalan Ley de Juicio Político

La norma actualiza, define y regula los procedimientos que permitan sancionar a servidores públicos que han violentado el buen funcionamiento de las instituciones públicas
martes, 7 de septiembre de 2021 · 13:36

Las Comisiones en el Senado de Justicia y Estudios Legislativos aprobaron la nueva Ley de Juicio Político y Declaratoria de Procedencia, la cual obliga a los Congresos locales a acatar las decisiones de desafueros en las cámaras de Senadores y Diputados.

Con el respaldo de Morena y en contra de senadores del PAN, PRI y PRD, se adelantó que, de aprobarse en el pleno, iniciarán una acción de inconstitucionalidad sino se modifican algunos puntos, que califican como altamente peligrosos.

El coordinador de los senadores del PAN, Julen Rementería, indicó que esta nueva ley es un engaño, debido a que se le da un trato especial al Presidente de la República, para no someterlo a juicio político, además de que vulnera la autonomía constitucional de las fiscalías estatales.

En tanto, el senador panista, Damián Zepeda, argumentó en la reunión que la reforma va en contra de lo que dice el artículo 111 constitucional.

“No se ve que se debe legislar así sobre las rodillas. Si insisten en llevar el tema, nosotros adelantamos el voto en contra y adelantamos que estaríamos buscando el consenso para juntar las firmas para impugnar esta ley inconstitucional”, indicó.

La norma actualiza, define y regula los procedimientos que permitan sancionar a servidores públicos que han violentado el buen funcionamiento de las instituciones públicas. Así, se podrán sancionar, destituir o incluso inhabilitar a los funcionarios de alto nivel, incluyendo al Presidente, que incurran en violaciones graves a la Constitución, las leyes federales o que hagan uso indebido de fondos y recursos federales.

En este sentido, la Cámara de Diputados podrá declarar, por mayoría absoluta de sus miembros presentes en la sesión, proceder contra el servidor público, que quedará separado de su empleo, cargo o comisión y sujeto a la jurisdicción de los tribunales para continuar con el proceso judicial.

En caso de que la Cámara decidiera no proceder penalmente contra la persona imputada, no habrá lugar a procedimiento ulterior; sin embargo, esto no impedirá que el procedimiento penal inicie o continúe su curso cuando el servidor público haya concluido sus funciones en el cargo.

Asimismo, se establece que durante el tiempo del cargo del Presidente, podrá ser imputado y juzgado por traición a la patria, hechos de corrupción, delitos electorales y todos los delitos por los que podría ser enjuiciado cualquier ciudadano.

IG