Reparto de utilidades: ¿Cuáles son los cambios tras la reforma al outsourcing?

Después de la nueva reforma al Outsourcing, es importante que sepas cuales son los cambios en el reparto de utilidades
miércoles, 28 de abril de 2021 · 14:51

¿En que cambiara el reparto de utilidades debido a la reforma al outsourcing?, aquí te explicamos como:

En el ámbito de la Subcontratación laboral, lo primordial que debes saber es:

Luego de las reformas que aprobó el Congreso, queda prohibida la subcontratación de personal, por lo que ahora las agencias empleadoras o intermediaros podrán participar en el proceso de reclutamiento, selección y capacitación de empleados,  pero ellos no serán considerados patrones y el único correspondiente es la empresa para la que la persona trabaja.

Por otro lado, se permitirá la subcontratación de servicios especializados que no formen parte de la actividad preponderante, pero deberá formalizarse con un contrato por escrito, señalando el número de trabajadores que participarán y la empresa tendrá que estar previamente registrada ante el padrón de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STyPS).

Para poder registrarse se tendrán que estar al corriente con sus obligaciones fiscales así como  de seguridad social y por ultimo deberán renovar cada tres años.

¿Cuáles serán los cambios en el reparto de utilidades?

El monto total tendrá como límite tres meses del salario del trabajador o el promedio del dinero recibido en los últimos tres años, pero se aplicará el monto que sea más favorable para el empleado.

Pero algo muy importante quede debes saber es que el reparto de utilidades bajo los nuevos lineamientos será a partir del próximo año, ya que la fecha de entrega es en mayo y junio, pero se prevé que los cambios a la ley comiencen a aplicarse en agosto.

La secretaria del Trabajo, Luisa María Alcalde dijo: "Se cuenta con un plazo de 90 días para que las empresas puedan regularizarse. Si se publica hoy, antes de agosto estaría aplicándose la reforma. Quiere decir que en este reconocimiento y transferencia de trabajadores, a partir de ese reconocimiento es al siguiente reparto de utilidades serán partícipes de ese derecho".

No obstante, la entrega de estas utilidades es a más tardar al 30 de mayo en el caso de los trabajadores que laboran para una persona moral (empresa), mientras que las personas que trabajan para una persona física (patrón), deberán recibir el pago a más tardar el 29 de junio.

Importante: Los trabajadores que no recibían nada de estas ganancias o un porcentaje muy pequeño se incrementará a 57 días con la propuesta de obtener 2.6 veces más.

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¿Cuáles son las multas?

Con los cambios se prevén multas de 2 mil a 50 mil veces la Unidad de Medida y Actualización (de 179 mil 240 a 4 millones 481 mil pesos) a quien realice subcontratación de personal o preste servicios de subcontratación sin contar con el registro correspondiente, "sin perjuicio de las demás responsabilidades a que hubiera lugar de conformidad con la legislación aplicable”.

 RM