Samuel García, gobernador de Nuevo León, se amparó a sí mismo y a 12 miembros de su familia contra una posible orden de aprehensión en su contra luego de que la Fiscalía General de la República (FGR) diera a conocer cuenta con una carpeta de investigación sobre la presunta implicación del mandatario estatal en acciones de financiamiento ilícito y lavado de dinero.
Este incidente de suspensión fue obtenido el pasado 14 de septiembre bajo la orden del juez séptimo de distrito de Tamaulipas Juan Fernando Alvarado López quien pidió cesen de inmediato los actos reclamados hacia García Sepúlveda y otros miembros de su familia como:
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- Samuel Orlando García Mascorro (padre)
- Bertha Silvia Sepúlveda Andrade (madre)
- Silvia Catalina (hermana)
- Ana Cecilia (hermana)
- David Jonathan Sánchez Quintanilla (cuñado)
- Mariana Rodríguez Cantú (esposa)
- Jorge Gerardo Rodríguez Valdés (suegro)
- Luisa María Cantú Aranda (suegra)
- Jorge y Eugenia Rodríguez Cantú (cuñados)
Samuel García expuso que es 'perseguido político a causa de sus aspiraciones' pues recientemente se le ha nombrado como uno de los 'presidenciables' en las elecciones de 2024.
El mandatario estatal también señaló que desde que inició en la política con Movimiento Ciudadano (MC) ha sufrido diversos tipos de presiones políticas y personales por parte de representantes del Partido Revolucionario Institucional (PRI) y del Partido Acción Nacional (PAN) por 'su ideología, talante, trayectoria, intenciones, principios y valores' los cuales representarían 'una amenaza' para los partidos políticos mencionados.
En el recurso de amparo del gobernador de Nuevo León se estipula que:
“Del análisis de la demanda de amparo el promovente reclama a todas las autoridades responsables la posible orden de detención, presentación y/o aprehensión que se ordene librar y ejecutar por parte de la totalidad de las autoridades señaladas como responsables, en contra de la totalidad de los quejosos, para privarlos de su libertad y posiblemente de su vida”.
Además de que se solicita la suspensión de:
“Las autoridades responsables deberán abstenerse de solicitar audiencia y en aquellas donde ya se ha iniciado corresponderá al juez suspender la carpeta judicial respectiva; garantizar el derecho de audiencia y de adecuada defensa (…)”
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