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Por Redacción Por Esto!
26 de Feb de 2021
2 min
Escrito por Redacción Por Esto!
En el Pleno del Congreso de Sinaloa se aprobó por unanimidad el delito de crímenes de odio por razones de orientación sexual, preferencias sexuales o identidad de género. A quien cometa el delito de crimen de odio se le impondrán de 22 a 50 años de prisión, así se acordó en la reunión, al tipificar en el Código Penal.
El Congreso de #Sinaloa (#Mexico) aprueba por unanimidad penalizar crímenes odio contra personas #LGBTQ. Se impondrán hasta de 20 a 50 años de cárcel a quienes cometan crímenes de odio por razones de orientación sexual, preferencia sexual o identidad de génerouD83DuDC4FuD83CuDFFCuD83DuDC4FuD83CuDFFCuD83DuDC4FuD83CuDFFCuD83CuDFF3??uD83CuDF08 pic.twitter.com/LGODafcaq2
— GPSGAY (@GPSGAY) February 26, 2021
En sesión extraordinaria, con los 40 diputados y diputadas, el Congreso del Estado de Sinaloa, se leyó el dictamen que estipula que el delito de crimen de odio quien por razones de orientación sexual, preferencia sexual o identidad de género, prive de la vida a una persona.
En este dictamen aprobado por el Pleno El Congreso aprobó establecer en el Código Penal un nuevo tipo penal con la finalidad de otorgar protección a las personas que son discriminadas por su orientación sexual, específicamente a la población LGBTTTIQ.
Existen razones de orientación sexual, preferencia sexual o identidad de género cuando se presente cualquiera de los siguientes supuestos:
I- La victima presenta signos de violencia sexual de cualquier tipo.
II- Cuando se haya realizado por violencia familiar con conocimiento de la orientación sexual, preferencias sexuales o identidad de género de la víctima.
III- A la víctima se le haya infringido lesiones infamantes, degradantes o multilaciones, previas o posteriores a la privacidad de la vida o con acentuación de tortura y especial violencia.
IV- Existan datos de prueba que establezcan que se ha cometido amenazas de acoso, violencia o lesiones del sujeto activo en contra de la víctima.
V- El cuerpo de la víctima sea expuesto, depositado o arrojado en un lugar público.
Sin en cambio la población LGBTTTIQ que se encuentra en el Estado de Sinaloa tiene la facultad de gozar y ejercer, sin distinción alguna, de todos los derechos y garantías que reconoce la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, también los despidos laborales, el rechazo, la negación de servicios y entre otros conceptos deben ser erradicados, por gozar de los mismos derechos de todos los ciudadanos.
AR
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