Piden a patrones respetar certificados de incapacidad por COVID-19 en Ciudad del Carmen

La secretaria general de la Confederación Revolucionaria de Obreros y Campesinos (CROC) en Ciudad del Carmen, Mireya del Socorro Uc Quintal, indicó que los patrones deben respetar los certificados expedidos por el IMSS que reconocen al COVID-19 como riesgo de trabajo.
viernes, 31 de julio de 2020 · 16:15

Al reconocer el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS)  del COVID-19 como riesgo de trabajo, mediante acuerdo aprobado –ACDO.AS2.HCT.240620/173.P.DPES–en la sesión ordinaria del 24 de junio pasado y publicado en el Diario Oficial de la Federación el 29 de julio; los trabajadores o empleados activos que contraigan esa enfermedad deben ser incapacitados y el patrón tiene la obligación de respetarla.

Lo anterior fe mencionado por Mireya del Socorro Uc Quintal, secretaria general de la Confederación Revolucionaria de Obreros y Campesinos (CROC) en Ciudad del Carmen y Edgar Fabián Talango Cantarell, secretario general del Sindicato Portuarios y sus Ramales en General Sección Número 11, y Víctor Celestino Espada López, representante de los jubilados petroleros en la sección 47 del Sindicato de Trabajadores Petroleros de la República Mexicana (STPRM).

La Secretaría de Salud fue quien planeó ante la Secretaría de Trabajo y Previsión Social (STPS), el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) e IMSS que se considere la enfermedad COVID-19 como un riesgo de trabajo, de acuerdo a ello, el Consejo Técnico del IMSS, faculta a la Dirección de Prestaciones Económicas y Sociales, en conjunto con la Dirección de Prestaciones Médicas, para que, durante el periodo que dure la contingencia por la pandemia de COVID-19, extienda a los asegurados un certificado de Incapacidad Temporal para el Trabajo por Riesgo de Trabajo en caso de contagiarse por el virus SARS-CoV-2.

El acuerdo indica que al final de la contingencia, los servicios de Salud en el Trabajo, deberán citar al asegurado para expedirle el dictamen de Alta por Riesgo de Trabajo ST-2, derivado de la recaída y en caso de proceder, se elaborará el dictamen de incapacidad permanente o de defunción por riesgo de trabajo ST-3 correspondiente.

Los asegurados que tengan un certificado de Incapacidad Temporal para el Trabajo por Enfermedad General y se hubiera agotado el término de Ley, se deberá elaborar en ausencia un Dictamen de Invalidez ST-4 con carácter temporal con vigencia de tres meses, con base en los antecedentes que se tengan en el expediente clínico.

Uc Quintal, de la CROC mencionó que esto es algo que se veía venir porque hay mucho trabajadores que corren el riesgo de la infección en su centro laboral, como suceden con los trabajadores plataformeros, enfermedad que podría dejar secuelas y de esta manera queda protegido el trabajador.

“Qué bueno que se tomaron esas medidas porque el perjudicado siempre ha sido el trabajador, ya que se expone para llevar el sustento a su familia, y con esta acuerdo, se toman las medidas humanitarias para apoyar al trabajador, y el seguro social es el que responde de acuerdo a la emisión que hicieron”, apuntó.

Por su parte Talango Cantarell, del Sindicato Portuarios y sus Ramales, mencionó que esta disposición beneficia a los trabajadores que están afiliados a instituciones médicas, como IMSS, ISSSTE, pero no para los trabajadores que carecen de esos servicios, ya que hay empresas que evaden el pago de la cuota del trabajo al IMSS y se deben investigar, para que se tomar cartas en el asunto y no quede ningún trabajador desprotegido.

He escuchado que muchas empresas sanitizan sus empresas, y eso es bueno, sin embargo esas empresas si no cumplen con el pago de las cuotas obrero patronal ante el IMSS, deben ser sancionadas porque prácticamente tienen en abandono al obrero, porque deben tomar en cuenta que existen leyes que deben de cumplir.

En tanto Espada López señaló que este acuerdo se debió tomar cuando  inició la pandemia, porque actualmente muchos trabajadores fallecieron por ese virus, sobre todo obreros que estaban a bordo de plataformas y allí esta ley debe ser retroactiva para beneficiar a las familias de las personas que perdieron la vida con la pandemia.

Finalizó diciendo de igual se debe reformar la ley al IMSS, para aumentar las penas a imponer a los patrones o sus representantes, que cometan el delito de defraudación a los regímenes del seguro social, porque muchos reportan salarios menores a los montos reales que reciben. 

Con información de Fernando Kantún

Por Redacción Digital Por Esto!

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