Se acaba el tiempo para pagar aguinaldos en Ciudad del Carmen

El 20 de diciembre vence el plazo para que los patrones cumplan con este pago para los trabajadores
viernes, 18 de diciembre de 2020 · 16:06

El día 20 de diciembre, la fecha límite que de acuerdo con el artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo, los trabajadores tienen el derecho a un aguinaldo, equivalente a quince días de salario que es de carácter obligatorio para todos los patrones y forzoso para los trabajadores.

“Hay muchos patrones que acostumbran dar el mínimo que son los 15 días, pero hay otros que tienen la posibilidad que otorgan más quincenas, normalmente se entrega antes de la fecha estipulada ya que comienzan las celebraciones decembrinas, en el que probablemente el trabajador haga uso de esta gratificación”, mencionó el licenciado en derecho laboral Víctor Ordoñez López.

El aguinaldo a diferencia de otras prestaciones tiene sus origines en una costumbre a nivel mundial en los países celtas que implementa esta gratificación para época navideña y en México se formaliza el 1 de abril de 1970 cuando se promulga la Ley Federal del Trabajo que de manera específica en el artículo 87 estipula que todo trabajador tiene derecho a un aguinaldo en el que tendrá que consistir en al menos 15 días  y deberá ser pagado antes del día 20 de diciembre.

Recientemente la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet) informó que la pandemia por COVID-19 no deberá ser justificante para que los patrones no den u otorguen menos aguinaldo a sus empleados, y que en caso de incumplimiento de manera completa o inoportuna, el patrón será acreedor a una sanción.

Así mismo el trabajador tiene la oportunidad de acudir hoy día al centro de conciliación de índole local o federal para solicitar una audiencia en donde el patrón sea notificado con respecto a esta prestación.

“Hoy día tenemos la oportunidad de acudir al centro de conciliación y si no hay algún acuerdo, el trabajador tiene la oportunidad de presentar su formal demanda ante el juzgado competente, el tiempo que tiene el trabajador para poder reclamar esta prestación es de antes que transcurra un año”, afirmó.

Lo importante es asesorarse legalmente ya sea a las instituciones públicas (Centro de Conciliación Laboral (Cecolab) en donde brindan la información en materia laboral al trabajador.