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Juzgado admite un amparo y la suspensión provisional de una Manifestación de Impacto Ambiental a Santa María Chi, luego de días que la Secretaría de Desarrollo Sustentable le diera la espalda

Días después de que la Secretaría de Desarrollo Sustentable (SDS) le dio la espalda a Santa María Chi, la comisaría recibió el respaldo del Juzgado Tercero de Distrito en Yucatán, que confirmó la admisión de una demanda de amparo y la concesión de una suspensión provisional sobre la emisión de una Manifestación de Impacto Ambiental (MIA).

Así se lo notificó la jueza Karla Alexandra Domínguez Aguilar, titular del juzgado, al comisario Wilbert Nahuat Puc, reveló el Instituto Federal de Defensoría Pública (IFDP).

Esta medida es válida hasta que se resuelva el juicio de amparo y tiene como objetivo evitar que las autoridades emitan esa manifestación a favor de la empresa Chumoxil, Sociedad Anónima de Capital Variable.

Se recordó que el juicio se centra en la solicitud de una MIA por parte de Chumoxil y se agrega que el amparo reclama a la SDS el cierre de la denuncia ambiental interpuesta contra la granja de cerdos.

En un comunicado compartido por el IFDP, se detalló que la suspensión se otorgó en respuesta a una demanda de amparo que se presentó el 17 de abril de 2024 por el comisario municipal de Santa María Chi contra la SDS, el Departamento de Evaluación Ambiental de la SDS, el Congreso del Estado y otras autoridades.

Esta demanda se presentó después de que la SDS cerró una denuncia ciudadana sobre problemas ambientales relacionados con una granja de cerdos con capacidad para 42 mil animales.

La demanda de amparo argumenta que la conclusión de la denuncia por parte de la SDS “violó el derecho humano a un ambiente sano, al impedir que se investigarán las acusaciones de contaminación y otros problemas ambientales asociados con la granja”.

También se alegó que al comisario municipal se le negó la oportunidad de participar en la denuncia, aportando pruebas.

En ese sentido, la jueza, al conceder la suspensión provisional sostuvo que “la conclusión de la denuncia interpuesta por la parte quejosa implica que de manera sucesiva se autorice a la parte tercero interesada la operación de una granja porcícola, y que ello genere contaminación, descargas de aguas con heces fecales, muerte de vegetación, deforestación, desplazamiento de especies, afectaciones al agua y al medio ambiente”.

Asimismo, la jueza fue enfática en señalar que la suspensión concedida “no causa perjuicio al interés social, ni contraviene disposiciones de orden público”, por el contrario, dado el interés que aduce el justiciable y la naturaleza de los derechos que pueden afectarse por el acto reclamado, es interés de la sociedad que tales derechos se protejan, al grado de tomar toda clase de medidas que prevengan la afectación de los mismos”.

Explicó que existe un interés en la sociedad por la conservación de un medio ambiente libre de contaminación y saludable, para que los habitantes de la comunidad tengan una vida digna.

En consecuencia, la jueza ordenó a las autoridades responsables que informen, en un plazo de tres días, sobre las acciones que han tomado para cumplir con la suspensión concedida al comisario municipal de Santa María Chi.

El 2 de mayo se llevará al cabo la audiencia incidental, en la cual la jueza definirá si mantiene la suspensión definitiva mientras se resuelve el amparo presentado. El IFDP continuará acompañando la defensa de los derechos de la comunidad de Santa maría Chi, se concluyó.

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JY