Iepac advierte que 'bajará' a candidatos que incumplan con la 'Ley 3 de 3' en Yucatán

El Iepac advirtió que en caso de que los candidatos de Yucatán incumplan con la Ley 3 de 3 serán sustituidos, esto con el fin de sancionar y prevenir la violencia política contra las mujeres
lunes, 19 de febrero de 2024 · 10:23

El Instituto Electoral y de Participación Ciudadana (Iepac) lanzó la advertencia de que, en caso de detectar algún incumplimiento con los requisitos establecidos en la Ley 3 de 3, el Consejo General estaría facultado para determinar la cancelación de la candidatura correspondiente, y en consecuencia, se requeriría a los partidos políticos que sustituyeran al candidato en los plazos que sean establecidos para tal efecto.

Esta regla vigente tiene como objetivo sancionar y prevenir la violencia política contra las mujeres debido a su género. Fue aprobada por el Instituto Nacional Electoral (INE) en 2021 y establece la verificación de que los aspirantes a cargos de elección popular no hayan sido condenados o sancionados por delitos como violencia familiar, agresiones de género, delitos sexuales o incumplimiento de obligaciones alimentarias.

En este contexto, la regla establece que los candidatos deben presentar una declaración en la cual se comprometan a no haber sido condenados o sancionados por los delitos mencionados, que incluyen la violencia familiar y/o doméstica en el ámbito privado, así como delitos sexuales y contra la libertad sexual. El objetivo es evitar que personas condenadas por estos delitos accedan a cargos públicos, así como identificar a deudores alimentarios o aquellos que no hayan cumplido con esta obligación.

Durante la sesión del Consejo General, tal como se anticipó, el Iepac aprobó las solicitudes de registro de las candidaturas a la gubernatura del Estado, que podrán realizar actividades tendientes a la obtención de voto durante el periodo de campañas del 1 de marzo al 29 de mayo próximos, en el Proceso Electoral Local 2023-2024.

Se trata del caso del Partido Acción Nacional, Partido Revolucionario Institucional y Nueva Alianza Yucatán; por el Partido de la Revolución Democrática fue aprobada la candidatura de Yamil Jasmín López Manrique; por Movimiento Ciudadano se aprobó la candidatura de Vida Aravari Gómez Herrera; y por la coalición Sigamos Haciendo Historia en Yucatán, se aprobó la candidatura de Joaquín Díaz Mena.

Respecto a la regla, quedó claro que para que una persona pueda acceder a candidaturas a cargos públicos, no debe haber sido condenada por el delito de violencia política contra las mujeres en razón de género, ni tener sentencia firme por la comisión intencional de delitos contra la vida, la integridad corporal, la libertad y la seguridad sexuales, el normal desarrollo psicosexual, por violencia familiar, violencia familiar equiparada o doméstica, violación a la intimidad sexual, ni ser persona deudora alimentaria morosa.

El procedimiento aprobado en la Sesión establece que la Dirección Ejecutiva de Organización Electoral y Participación Ciudadana conformará el listado de candidaturas con los nombres y datos requeridos por las autoridades competentes, para que se elabore y notifique a través de la Secretaría Ejecutiva los requerimientos de información a las autoridades judiciales, con el fin de solicitar sentencias firmes de las personas candidatas, relacionadas con los supuestos mencionados.

Una vez que el Consejo General apruebe, a más tardar el 28 de febrero próximo, el registro de candidaturas a Diputaciones de Representación Proporcional y determine el cumplimiento de la paridad horizontal y acciones afirmativas que validan la totalidad de candidaturas de Diputaciones de Mayoría Relativa y Regidurías, se conformará el listado de candidaturas con los nombres y datos requeridos por las autoridades competentes para validar las candidaturas antes descritas.

Se realizará el cálculo de una muestra aleatoria representativa y proporcional, y de lo resultante en la misma se notificarán los requerimientos de información a las autoridades, con el fin de solicitar sentencias firmes de las personas candidatas, relacionadas con los supuestos establecidos en los artículos 22, fracciones IX y X, y 78, fracciones XI y XII, de la Constitución Política del Estado de Yucatán.

Otros temas aprobados fueron la respuesta a la solicitud de un ciudadano en materia de registro de candidatura independiente y lo relativo a los dictámenes para el otorgamiento de incentivos 2023, correspondiente al ejercicio valorado 2022, a las personas funcionarias del Servicio Profesional Electoral Nacional del Sistema de los Organismos Públicos Locales Electorales adscritas a este Instituto.

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NM