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Yucatán

La muerte de un perro por golpe de calor en Umán se encuentra bajo investigación, pero activistas acusan que la ley contra maltrato animal no se aplica

La ley contra el maltrato animal en Yucatán es letra muerta y enterrada, ya que no se aplica ningún tipo de castigo para los maltratadores de la fauna, falta una reestructuración, señaló la activista Elsa Arceo Medina, encargada del colectivo Rescatistas Independientes Unidos, tras la muerte de un perro por golpe de calor en Umán.

Compartió que este hecho es indignante, a las personas responsables se les debe aplicar todo el peso de la ley. “El artículo 407 penal dice que quien cometa alguna omisión, como no darles agua o comida y un lugar limpio debe ser castigado, pero parece que no les importa, porque se les siguen tratando como objetos”, comentó.

También, que ahí están las leyes, pero no se aplican, es necesaria una reestructuración de la Ley de Protección Animal y a la Fauna del Estado, así como al Reglamento del Ayuntamiento de Mérida, porque hace falta mucho por hacer para proteger a los animales.

Destacó que a los dueños de mascotas que los maltraten se les debe sancionar, pero en Yucatán no se aplican en este tema como en otros, pero ellos como rescatistas no van a desistir de seguir luchando para que se haga justicia con este y otros casos.

“Los yucatecos deben involucrarse más con estos hechos que suceden en todo el Estado; hay miles de denuncias en la Fiscalía y continua estando en primer lugar en maltrato en todo el país”, señaló. Asimismo, que ante esto se sigue minimizando el bienestar animal, por lo que toda lucha es importante.

“Le digo a las autoridades que ya basta, es hora de prestar atención o como rescatistas independientes comenzaremos a realizar acciones más fuertes”, agregó.

De acuerdo con el artículo 408 del Código Penal del Estado, con el título “Delitos Contra Los Animales Domésticos”, señala que quien cometa actos de maltrato o crueldad en contra de las mascotas, que no pongan en peligro la vida este, se le impondrá una pena de tres meses a un año de prisión y de 50 a 100 días-multa.

En el 409, señala que quien cometa actos de maltrato o crueldad en contra de un animal doméstico, que le provoquen la muerte, se le impondrá la pena de seis meses a dos años de prisión y de 200 a 400 días-multa.

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AA