Paraíso Sisal: Semarnat autorizó con artimañas legales la invasión marina a la reserva El Palmar

Los hermanos Campos Agüero usaron dos veces la misma Manifestación de Impacto Ambiental y se aprovecharon de un vacío legal para construir Paraíso Sisal
viernes, 24 de marzo de 2023 · 08:56

Una artimaña legal fue la que facilitó la posibilidad para que en un lapso de cuatro meses y medio del 2018, los hermanos Víctor Manuel y Daniel Iván Campos Agüero pudieran dar un vuelco a lo que primero fue una negativa de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat), entonces a cargo de Hernán José Cárdenas López, para colocar los rompeolas artificiales en la playa de Hunucmá y que luego pasó al estatus de aprobación condicionada, para permitir el acaparamiento territorial de Paraíso Sisal, ahora sí, por tierra y mar desde el Puerto de Abrigo hasta el sitio denominado Punta Piedra.

Un área de la que -aparentemente con varios malabares legales- desde 2006, se fueron apropiando, primero con la compra, luego con el cambio de uso de suelo, posteriormente con la lotificación, urbanización, apertura de caminos, la reventa y ensanchamiento de una brecha costera que implica casi una “privatización”; para finalmente hacer una barrera artificial mar adentro, mascarada como una “rehabilitación de la playa mediante rompeolas sumergidos”, según la solicitud oficial del permiso.

De acuerdo con la imagen que se incluye en este texto, a la vista satelital se muestra una zona perimetral de gran plusvalía, en la que los Campos Agüero han invertido millones de pesos y por la que piden otros tantos, según su oferta pública inmobiliaria en internet.

Modus Operandi

Un cambio de representante legal en la sociedad Inmobiliaria El Palmar Sisal, así como un añadido de apenas 14 páginas, sirvió para que del proyecto 31YUC2018TD016, con fecha 24 de julio del 2018, rechazado por Semarnat; se consiguiera la firma aprobatoria del ya conocido Hernán José Cárdenas López, exencargado de la dependencia federal en Yucatán, mismo que les otorgó el aval para los anteriores proyectos de desarrollo y urbanización a los Campos Agüero.

La rúbrica de autorización condicionada, bajo el folio 31YU2018TD082, se otorgó el 14 de diciembre de 2018, al representante legal Roger Humberto Esquilano Tenreiro, quien suplió a Rubén Navarro Torres, el que antes falló en el primer intento de los Campos para el proyecto de colocar la barrera artificial marina.

Como POR ESTO! ha documentado en investigaciones de otros proyectos presentados por las inmobiliarias Sisal y El Palmar Sisal ante las autoridades, los textos elaborados por consultoras ambientales para los Campos Agüero no muestran casi diferencias, en este caso, lo distinto entre uno y otro expediente es cuantitativo y son 14 páginas. Sin embargo, lo sustancial se resume en un recurso legal, similar al utilizado una década antes, cuando argumentaron que los terrenos de los tablajes a lotificar (propiedad de los Campos Agüero y los Barbachano Herrero) no pertenecían a la Reserva El Palmar y de facto restaron “sus tierras” a un área natural protegida con interés internacional, con denominación Ramsar por la riqueza de sus humedales; pero ellos lograron sustraerlo de ahí pese al manglar, los cocodrilos, las tortugas y las aves acuáticas. Pasando por encima de la naturaleza.

 

Ahora, vuelve a pasar y la coincidencia levanta sospecha… Otra vez. La MIA aprobada (31YU2018TD082) señala como parte de sus “Criterios Ambientales para la Clasificación del Impacto” que se trata de obras o actividades que NO están en áreas naturales protegidas de competencia de la Federación, de igual manera detalla que para el desarrollo del proyecto NO se requiere la autorización de impacto ambiental por cambio de uso de suelo de áreas forestales, en selvas o zonas áridas.

Lo anterior, que a todas luces beneficia al proyecto, se complementa en el resolutivo, donde de forma más explícita se expone en la página 12 un vacío legal que POR ESTO! ha documentado en otras entregas sobre el caso de la franja costera de Sisal y que el diputado local, Rafael Echazarreta Torres, exhibió recientemente en el Pleno Legislativo: la ausencia o actualización de la reglamentación en materia.

En el texto se lee que “la Secretaría de Desarrollo Urbano y Medio Ambiente, informa que con base a las coordenadas y la vinculación con el Programa de Ordenamiento Ecológico del Territorio Costero del Estado de Yucatán (Poetcy), establecido por el Decreto 160/2014 publicado en el Diario Oficial del Gobierno del Estado de Yucatán el día jueves 20 de Marzo de 2014 y lo establecido en el Decreto 308/2015 por el que se modifica el Decreto 160/2014, el proyecto se encuentra ubicado en la UGA (Unidad de Gestión Ambiental) HUN02BAR_API-R; HUN10-MAN_ANP; HUN04-BAR_PORT y una porción del polígono fuera de los límites del POETCY” (Programa de Ordenamiento Ecológico del Territorio Costero del Estado de Yucatán).

Se añade que “habiendo analizado los planos, imágenes y descripción del proyecto, éste no se contempla la instalación de estructuras en los polígonos que corresponden a las UGAs HUN02-BAR_AP1-R y HUN10-MAN_ANP… por lo que tanto el proyecto NO compete al citado Ordenamiento; de tal forma que sólo se vinculó al aplicable y sobre esos criterios obtuvo el permiso bajo condición.

Modus vivendi

Con lo dictaminado se pudo seguir con los objetivos de la Inmobiliaria El Palmar Sisal, propiedad de la que sería la mancuerna, consanguínea y profesional, más próspera de la región: el Ingeniero Civil Daniel Iván Campos Agüero, egresado de la Universidad Autónoma de Yucatán con cédula profesional 11700565, y su hermano el Licenciado en Derecho, Víctor Manuel Campos Agüero, también con la UADY como Alma Mater, con cédula 1158790, y de presunta fama por las machincuepas legales en litigios.

Sin freno por el Poetcy, gracias al Decreto 308/2015 (del Gobierno de Rolando Zapata Bello), el proyecto “Rehabilitación de la Playa Sisal del Palmar mediante rompeolas sumergidos formados con estructuras Reef Ball” avanzó, únicamente vinculado con el Programa de Ordenamiento Marino Regional del Golfo de México y Mar Caribe, ubicado oficialmente en la Unidad de Gestión Ambiental (UGA) 170, con compromisos mínimos de parte de los promoventes, pues prácticamente se expuso un bajo impacto por las labores, lo que hoy la realidad contradice, tras la clausura realizada por la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa) realizada el 21 de marzo pasado.

En cuatro meses y medio, otra vez con límites geográficos que se “mueven” de última hora para beneficio de los Campos, el proyecto con folio 31YU2018TD016 pasó de no autorizado a ser aprobado con reservas, bajo el expediente 31YU2018TD082, con una vigencia de operación de 60 meses (5 años a partir de diciembre del 2018).

Llama la atención otro hecho, aunque es uno recurrente. El polémico proyecto de las barreras marinas artificiales, ahora detenido, tanto el rechazado como el aprobado, tuvo a la misma empresa como hacedora del estudio de Manifestación de Impacto Ambiental. Esta ocasión fue ATEC: Asesoría Técnica y Estudios Costero, la que trabajó para la Inmobiliaria El Palmar Sisal, con prácticas similares a la de otros documentos presentados ante las autoridades federales, lo cual se puede constatar en los expedientes públicos en archivos de la Semarnat.

En este caso, duplicaron páginas completas, sin modificación alguna, para sustentar sus planes, aunque en el primer resolutivo les marcaron claramente que la información proporcionada no sustentaba el proyecto y por lo cual lo consideraban inviable.

Incluso, en una revisión se pudo constatar que la carátula es la misma que se presentó en julio y diciembre, pese a que se establece que se verificó y no había proyecto similar vinculado.

 

¿Cuántos más?

Tras recientes investigaciones documentales, POR ESTO! reveló una posible manipulación de la información proporcionada en estudios ambientales para los proyectos presentados por la firma de los Campos Agüero, ya sea con sus representantes legales, como Walter Jesús Méndez Agüero o las razones sociales que utilizan, en los que destacan la nula presencia de fauna o flora importante en lo que hasta 2010 formó oficialmente parte de la Reserva Estatal El Palmar por la riqueza de las especies ahí halladas y censadas durante décadas.

Los casos más recientes fueron los exhibidos en los impactos ambientales presentados para los desarrollos de “Sisal Slab”, con el número 31YU2022TD193 y la Casa MB con folio 31YU2021TD078, en los que se documentó los muestreos por cambios de uso de suelo solicitados que realizaron en la zona, curiosamente en los días que visitaron los sitios avistaron sólo unas cuantas especies que enumeraron, tales como ranas, zenzontles, mapaches, garrobos y lagartijas.

 

Por ellos, se cotizaron cantidades mínimas en tiendas de mascotas, decían los expedientes, comparado con lo que planeaban invertir los promoventes para la construcción de departamentos.

En el caso de la Casa MB fue lo mismo, coincidentemente el mismo argumento que se lee en la página 41 de la MIA aprobada, ahora analizada, y que les permitió meter su infraestructura al mar.

Acompañado de nueve imágenes donde sólo se distingue el color verde, se expone un texto de dos párrafos para explicar que se realizó una visita al área donde se colocarían las estructuras y se tomaron fotografías del fondo marino para cada una de las secciones. Se asegura que “no se encontró fauna circundante, esto posiblemente a la falta de sustrato en el cual resguardarse”; pero además, curiosamente, también se encontraron con que esa zona “carece totalmente de vegetación acuática sumergida en todas y cada uno de las secciones donde se colocará el rompeolas”.

No hay nada, nada que impida meter ahí material ajeno al ecosistema. Parece que la Madre Naturaleza ha sido más que benévola con las inversiones de los Campos Agüero.

Y más aún. Es en este proyecto que los empresarios inmobiliarios y restauranteros revelan sus nexos con una Organización No Gubernamental (ONG) cómo Reef Ball Org, que promueve sus acciones sin fines de lucro.

El Palmar Sisal asegura que la ONG está respaldando su proyecto marino en la costa yucateca, el mismo que ellos están comercializando en millones de pesos y por el cual pagaron al menos 8 millones 68 mil 699 pesos “provenientes de la iniciativa privada”, según la MIA entregada a la Semarnat.

Lo cierto es que en la página de internet de Reef Ball Org no se menciona ningún proyecto en Sisal, menos al de los Campos Agüero, como uno de los de colaboración.

Lo único que valida la supuesta relación es una imagen de la página web de la ONG copiada en el estudio entregado por Inmobiliaria El Palmar Sisal a la Semarnat, para ejemplificar la estructura marina que colocarían en el mar (imagen que se incluye en este texto).

Hasta ayer, 23 de marzo, la Profepa Yucatán aún no daba detalles sobre el procedimiento PFPA/YUC/011/1A/2023 con el que selló la detención de los trabajos de colocación de geotubos en la zona costera de los predios propiedad de los hermanos Campos Agüero. POR ESTO! consultó en oficinas de la dependencia en la entidad, donde se ha mantenido sigilo, a diferencia de la sede en la Ciudad de México que está pendiente del expediente que ha llamado la atención en distintos sectores.

El permiso de cinco años para la colocación de la barrera artificial en Sisal estaría vigente hasta 2023, con opción a una extensión, pero la dependencia a cargo de la Procuradora Blanca Alicia Mendoza Vera tiene facultad de cancelarlo.

Continuará...

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CC