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Debido a las constantes denuncias en el municipio Tekit, se establece reglamentación para regularizar el uso de las motos

Con el propósito de regularizar el uso responsable de las motocicletas dentro de la comunidad, la Dirección de Seguridad Pública y Tránsito Municipal de Tekit en coordinación autoridades municipales, han implementado la normativa para la expedición de permisos para conductores menores de edad.

Lo anterior se pone en marcha, tras las constantes denuncias de la ciudadanía, referentes a los reportes de grupos jóvenes menores de edad que recorren las calles de la localidad a exceso de velocidad y que en semanas pasadas, concluyó con un operativo donde se retuvieron varias unidades.

A través de un comunicado emitido en la página oficial del Ayuntamiento, se invita a los padres de familia a efectuar la solicitud o renovación de permisos de conducción vehicular para menores de edad, en el departamento del palacio municipal, a partir del 09 de enero. “Se otorgará permisos de conducir a menores de edad, siempre y cuando el tutor o representante legal, asuma mediante escrito, la responsabilidad civil en caso que el menor pueda incurrir, así como el pago de multas a que pudiera hacerse acreedor este último”, se estipula en la misiva.

Entre los requisitos para dicho trámite, destaca el acta de nacimiento del menor y el tutor o representante legal, la CURP del menor y el tutor o representante legal, la fotografía del menor, la credencial de elector del tutor o representante legal y la copia de la factura de la moto, o en su caso número de serie, número de motor, color, modelo y año. Cabe destacar que, dicha normativa que se retoma en este 2023, se implementó desde el 2022, por disposición del ayuntamiento municipal y en acorde al reglamento de la ley de tránsito y vialidad del Estado de Yucatán.

Las medidas figura: el uso del casco, tanto los conductores como los pasajeros de vehículos menores motorizados, con base al artículo 290 de la Ley de Tránsito y Vialidad del Estado de Yucatán.

En caso de que el conductor sea menor de edad, presentar un documento basado ante la fe de un notario público, en el cual un tutor o representante legal del interesado asume la responsabilidad civil en que pueda incurrir, así como el pago de multas (Art. 122). 

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CC