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Las personas privadas de la libertad podrán participar en la elección de la Presidencia de la República y en las elecciones de Chiapas Ciudad de México e Hidalgo

La Comisión de Capacitación y Organización Electoral del Instituto Nacional Electoral (INE) aprobó por unanimidad  los Lineamientos, el Modelo de Operación y la Documentación Electoral para la Organización del Voto de las Personas en Prisión Preventiva en el Proceso Electoral 2023-2024.

Cumpliendo con la sentencia de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, dictada en el expediente SUP-JDC-352/2018 y su acumulado, los Lineamientos tienen por objeto garantizar el voto anticipado de 92 mil 792 personas que se encuentren en prisión preventiva.

Presos distribuidos en 282 centros penitenciarios en los 32 estados de la República y que podrán participar en el Proceso Electoral del próximo año. 

Mediante la modalidad del voto anticipado, las personas en prisión preventiva que no han sido sentenciadas, podrán participar en la elección de la Presidencia de la República y en las elecciones locales de Chiapas y Ciudad de México -por gubernatura o Jefatura de Gobierno, diputaciones y ayuntamientos o alcaldías- y, en el caso de Hidalgo, lo correspondiente a los ayuntamientos. 

Los Lineamientos, el Modelo de Operación y la Documentación Electoral para la Organización del Voto de las Personas en Prisión Preventiva fueron aprobados por las consejerías que integran la Comisión de Capacitación y Organización Electoral.

Contemplando el ejercicio del voto anticipado bajo un enfoque progresista de maximización de derechos y en apego a los principios pro persona y de presunción de inocencia.

Una vez que la Sala Superior determinó que las personas en prisión preventiva tienen derecho a votar, corresponde al Instituto como autoridad electoral nacional, maximizar y potencializar este derecho con la finalidad de garantizar la emisión del sufragio a través de la innovación de medidas y mecanismos, con procedimientos que permitan su realización.

Esta modalidad se realizará a través del voto anticipado que emitan las personas al interior de los centros penitenciarios, que cuenten con un protocolo de seguridad e infraestructura para la instalación de Mesas Receptoras del Voto.

Lo anterior, conforme conforme a lo informado por la Secretaría de Seguridad Pública competente, el personal del INE será el encargado de elaborar y entregar las invitaciones y solicitudes determinadas en el Listado Nominal, además de integrar los sobres-paquete-electorales de seguridad con la documentación necesaria y, de recabar la votación anticipada de las personas en prisión preventiva durante el periodo del 6 al 20 de mayo del 2024.

El escrutinio y cómputo de la votación se llevará a cabo en las mesas que sean aprobadas por los Consejos Distritales, mientras que el Instituto y los Organismos Públicos Locales realizarán la incorporación de los resultados a los sistemas electorales, conforme a cada tipo de elección.

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