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Durante la sesión de este martes, diputados aprobaron que la UIF pueda congelar cuentas sin que necesidad de una orden o mandato judicial

El pleno de la Cámara de Diputados aprobó las reformas de la Ley de Instituciones de Crédito, la cual le permite a la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) congelar cuentas bancarias sin mandato judicial ni notificación al usuario en caso de existir indicios de operaciones con recursos de procedencia ilícita o de financiamiento terroristas. 

Con 266 votos a favor y 219 en contra, luego de una larga y dura discusión la reforma fue aprobada, por lo que ahora el proyecto será turnado al Ejecutivo para su publicación y entrada en vigor, en el cual se establece la garantía de audiencia para las personas cuyas cuentas hayan sido bloqueadas. 

Cabe mencionar que la diputada de Morena votó en contra de la aprobación de la reforma, así como el bloque opositor PAN-PRI-PRD y MC, ya que aseguró que este proyecto no va en contra de la delincuencia organizada, sino contra personas físicas y morales que han visto vulnerados sus derechos. 

“No existe necesidad de aprobar un dictamen que deja en indefensión a los ciudadanos, vulnerando sus derechos de libre audiencia y, sobre todo, de notificación”, mencionó la morenista. 

En tanto, el presidente de la Comisión de Hacienda, Luis Armando Melgar, sostuvo como fundamento que la reforma respeta los derechos procesales de las personas. 

“La minuta tiene por objeto generar un procedimiento para que la autoridad competente respete a plenitud los derechos procesales, comenzando por la garantía de audiencia de quienes sean incluidos en la Lista de Personas Bloqueadas, en el ejercicio de las funciones de combate a los delitos de financiamiento al terrorismo, operaciones con recursos de procedencia ilícita y los asociados con los delitos señalados”, dijo. 

Por su parte, el priista José Yunes Zorrilla señaló que la reforma a la Ley de Instituciones de Crédito afecta principios constitucionales fundamentales, al darle facultades a la UIF para bloquear cuentas sin que medie mandato judicial. 

“Nadie puede ser privado de sus derechos, de sus propiedades, de sus posesiones, de su libertad, si no media juicio, en primer lugar, desarrollado en tribunales previamente establecidos, donde se cumplan las formalidades esenciales de procedimiento y con leyes votadas y en vigor con antelación, pero ese principio constitucional, en perjuicio de todos, se viola con esta disposición”, señaló. 

“No puede, ni debe ser policía, ni contar con atribuciones que por mandato constitucional sólo le corresponden al Ministerio Público, pues todos hemos sido testigos de cómo ha vulnerado el debido proceso y la presunción de inocencia”, afirmó Por la diputada del PAN, Patricia Terrazas, quien instó a rechazar el proyecto devuelto por el Senado. 

Aleida Alavez, vicecoordinadora de Morena,  argumentó que la reforma respeta el derecho de audiencia de las personas y con ello se brinda certeza jurídica a los usuarios de los servicios financieros a través de un procedimiento claramente establecido en la ley.

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JAL