¿Trabajas en Navidad y Año nuevo? Esto se debe pagar

La Ley Federal del Trabajo contempla esto en caso de trabajar en Navidad y Año Nuevo.
viernes, 18 de diciembre de 2020 · 15:56

El día 25 de diciembre y 1 de enero están marcados en el calendario como días feriados, por lo que de trabajar esto es lo que debes recibir por parte de la empresa.

En muchos trabajos estos días representan de mayor venta, o al menos eso lo era antes de la contingencia sanitaria. Sin embargo, hay lugares donde es necesario acudir a los centros laborales.

Por lo anterior, de trabajar, el artículo 75 de la Ley Federal del Trabajo estipula que se deberá pagar el triple de una jornada laboral.

“Los trabajadores quedarán obligados a prestar los servicios y tendrán derecho a que se les pague, independientemente del salario que les corresponda por el descanso obligatorio, un salario doble por el servicio prestado”: se lee.

Por ejemplo, si su sueldo es de 6 mil pesos mensuales, deberás dividir esto por 30 días y el resultado multiplicarlo por tres.

6000 / 30 = 200 x 3 = 600 pesos por trabajar en un día de asueto.

 

JG