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Quintana Roo

Después de que se anunciara que, para poder casarse en Quintana Roo, se debería contar con una prueba de VIH, la Cdheqroo intervendrá para que este no sea un requisito

Luego que fuera dado a conocer que personas que quieren contraer matrimonio en Quintana Roo deben presentar de manera obligatoria una constancia de exámenes médicos para detectar el VIH, la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Quintana Roo (Cdheqroo) señaló que intervendrá para que éste no sea un requisito para casarse.

La titular de la dependencia, Omega Ponce Palomeque, indicó que está atendiendo el tema de la reciente Reforma al Código Civil, publicada en el Periódico Oficial del estado de Quintana Roo el 21 de diciembre, concerniente a los requisitos para el matrimonio, y funge como puente para el diálogo entre sociedad civil y el Congreso del Estado. En este sentido, funcionaria ha escuchado las manifestaciones de los colectivos y asociaciones civiles que han expresado la necesidad de que se garanticen los derechos humanos de quienes viven con VIH. Asimismo, se ha mantenido en contacto con integrantes del Poder Legislativo, quienes han mostrado apertura para el diálogo.

En un esfuerzo por fomentar el diálogo entre la sociedad civil y el Congreso del Estado, la Cdheqroo, se encuentra abordando el tema de la reciente Reforma al Código Civil, anunció.

Postura del Censida

Desde el pasado 7 de enero, el Centro Nacional para la Prevención y el Control del VIH y el Sida (Censida) se pronunció respecto a la reforma mencionada e indicó que esta disposición contraviene los artículos 1° y 4º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y el 16 de la Declaración Universal de Derechos Humanos. Por tal motivo, vulnera los derechos de las personas que viven con VIH, para quienes puede convertirse en una barrera si desean contraer matrimonio.

Adicionalmente, esta disposición se contrapone a la Norma Oficial Mexicana NOM-010-SSA-2023, para la prevención y el control de la infección por virus de inmunodeficiencia humana, que señala que no se debe solicitar una prueba de detección del vih como requisito para el acceso a bienes o servicios de cualquier tipo; contraer matrimonio; divorciarse; ingresar u obtener, permanecer o ascender en el empleo; formar parte de instituciones educativas o de salud; ejercer el trabajo sexual; o para recibir atención médica, y en cualquier otro caso que impida o anule el ejercicio de los derechos de la persona. Esta norma es de observancia general, por lo que debe ser acatada por el gobierno federal y por todos los gobiernos estatales y municipales.

La nueva disposición en el Código Civil de Quintana Roo pone en riesgo los avances alcanzados en materia de derechos humanos en la respuesta al VIH en México, por lo cual resulta crucial su revisión política y jurídica.

La prueba de detección del vih es una estrategia de prevención a la que toda la población con vida sexual activa puede tener acceso como parte de su derecho al cuidado de la salud. Censida recuerda que esta prueba es voluntaria y no debe ser coercitiva.

El Censida reafirmó la necesidad de construir espacios democráticos, deliberativos, de participación social para garantizar el derecho de todas las personas a los servicios de prevención, diagnóstico y atención integral del VIH y otras infecciones de transmisión sexual (ITS), así como la promoción de mecanismos para eliminar el estigma y la discriminación asociada a ellas.

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AT