Roberto Borge comparecerá este 15 de septiembre por el delito de peculado

Por el método de videoconferencia, este 15 de septiembre se realizará la audiencia intermedia del caso de Roberto Borge, exgobernador de Quintana Roo.
martes, 15 de septiembre de 2020 · 10:00

Este 15 de septiembre se realizará la audiencia intermedia del caso de Roberto N., exgobernador de Quintana Roo, misma que se llevará a cabo por el método de videoconferencia en tiempo real, atendiendo a la carpeta 159/2017 por el delito de peculado, informó su abogado defensor, Karin de la Rosa Peláez.

La audiencia será privada y está programada para las 12:30 horas del 15 de septiembre del 2020; participarán la Fiscalía General del Estado (FGE), la Agencia de Proyectos Estratégicos (Agepro), el acusado y la defensa del mismo.

Karin de la Rosa dijo que se tratará de una audiencia intermedia para la depuración de vicios formales de la acusación y el ofrecimiento y admisión de medios de prueba, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 334 del Código Nacional de Procedimientos Penales.

“Esa audiencia tiene como base la acusación formal realizada por la Fiscalía General del Estado (FGE).  Es por el delito de peculado, por la distracción de su objeto de 18 inmuebles de dominio privado”, puntualizó.

El caso es con relación al extinto Instituto del Patrimonio Inmobiliario de la Administración Pública del Estado de Quintana Roo (IPAE) y de quien en su momento fue la directora general, Claudia Romanillos Villanueva, que durante el periodo del 22 de diciembre de 2011 al 19 de septiembre de 2016, de forma periódica y reiterada, distrajo de su objeto, al haber vendido 18 inmuebles propiedad de ese Instituto, a través de 18 contratos de compraventa, beneficiando con dichas enajenaciones a particulares.

La normatividad en la que se funda la distracción de los inmuebles es la siguiente: los artículos 26 y 27 de la Ley del Patrimonio del Estado de Quintana Roo; los Criterios de Administración y Disposición de los Bienes Inmuebles de Dominio Privado del Estado, acordados por el Comité de Patrimonio Inmobiliario Estatal y aprobados por el Consejo Directivo; los Lineamientos para la Integración de Expedientes de Solicitudes para la Enajenación de Bienes Inmuebles propiedad del IPAE.

Se considera que, de conformidad con la anterior normatividad, el destino debe ser de preferencia para el servicio público de los poderes Ejecutivo, Legislativo o Judicial; en caso de que no sean aptos para el servicio público, pueden enajenarse a título oneroso en favor de personas que requieran disponer de dichos inmuebles para la creación, fomento y conservación de empresas o desarrollos en beneficio de la colectividad, es decir, debe de redundar en un beneficio para la colectividad.

Sin embargo, la Fiscalía observó que en los 18 casos no se cumple con la normativa, porque las ventas beneficiaron de forma individual más no colectiva, así como del contenido de cada contrato no se advierte cuál sería el proyecto de construcción o conservación de empresas en beneficio de la colectividad, ni mucho menos se pactó el plazo para ejecutarlo y que incluso dos inmuebles fueron enajenados sin que se encontraran en la sección de inmuebles de dominio privado enajenables, por lo que no podían venderse y en la actualidad no se observa la construcción de empresas o desarrollos en beneficio de la colectividad.

Además, todos los inmuebles fueron enajenados a un precio por debajo de su valor real comercial, ocasionando con ello un detrimento patrimonial al IPAE.

Con base en lo anterior, Roberto N., como titular del Poder Ejecutivo entonces, atendiendo a los artículos 57, fracciones II, IV, VIII y IX de la Ley de Patrimonio del Estado de Quintana Roo, 9 y 12 del Decreto de Creación del IPAE, 6 y 9 del Reglamento Interior del IPAE, tenia las obligaciones de: poseer, vigilar, conservar y administrar los bienes patrimoniales del Estado; autorizar los actos por los cuales se llevaron a cabo los 18 contratos para que se enajenaran los inmuebles del dominio del Estado; así como emitir las reglas por las que se deberán de sujetar la administración, vigilancia, control, aprovechamiento y enajenación de los bienes del dominio del Estado, para procurar su adecuado uso o destino.

En la acusación de la Fiscalía también se argumenta que, al percatarse que dichos fines no se estaban cumpliendo, el acusado tenía que realizar un activo consistente en tomar las medidas administrativas y ejercer los actos encaminados a obtener, mantener o recuperar la posesión de los bienes del dominio del Estado, así como presidir cada una de las sesiones del Consejo Directivo del IPAE, en las que se informaron las ventas de los 18 inmuebles y de esa manera evitar que se distrajeran de su objeto.

La autoridad infiere que Roberto N. tenía conocimiento de dichos actos, ya que incluso un miembro de su familia fue beneficiado con dos enajenaciones, de lo que se advierte que su conducta consistió en una omisión, es decir, en la abstención de una actuación de un deber legal ya que tenía la calidad de garante de los bienes patrimoniales del Estado.

En cuanto a la autoría o participación concreta, se señala que en los hechos con apariencia de delito de peculado la forma que se le atribuye a Roberto N. es de coautoría por omisión, en atención de que teniendo la calidad de garante de los bienes jurídicos tutelados, permitió la distracción de 18 inmuebles patrimonio del Estado de Quintana Roo, tal y como lo señala el artículo 16, fracción II en relación con 12, párrafo segundo, fracción I, párrafo tercero inciso a) su actuar es de dolo directo de conformidad con el artículo 14, párrafo segundo, del mismo Código Punitivo, ya que conociendo la ilegalidad de la conducta tuvo la voluntad de actuar bajo esa comprensión, ya que quiso y permitió la distracción de los 18 inmuebles patrimonio del Estado, sin que exista ninguna causa excluyente de incriminación.

Sin embargo, la defensa del exmandatario argumenta que la mayoría de estos bienes han sido recuperados a favor del Estado, además de que presentarán pruebas para solicitar el sobreseimiento de la causa penal.

Recordó que el exgobernador de Quintana Roo enfrenta tres acusaciones estatales por el delito de peculado (159/2017), desempeño irregular de la función pública (154/2017) y aprovechamiento ilícito (151/2017), así como una de índole federal (381/2017) por operaciones con recursos de procedencia ilícita.

Finalmente, aseguró que se está ante una “persecución” o “cacería” política, dijo que lo que “empezó como una campaña de contraste en medios de comunicación y redes sociales, en el marco del proceso de sucesión a la gubernatura del Estado, se ha convertido en un negocio que pasa por contrataciones millonarias”.

Por Gabriel E. Manzanilla