José José hereda a su familia deudas y restricciones

Guillermo Pous, indica que la responsabilidad de renovar la caducidad de los registros de la marca del cantante, recae en Anel Noreña
jueves, 8 de abril de 2021 · 20:25

Hablar de José José es referirse a una de las marcas más conocidas y de amplio campo de acción en México, pero que ha sido centro de embargos, manejada por una disquera y motivo de disputas o confusiones. En el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial existen al menos siete registros a nombre de José Rómulo Sosa Ortiz, década de vida del intérprete de “El triste”.

El 2 de diciembre de 2010, José José firmó una carta poder para que se hicieran cargo de la marca, para lo cual se registró como dirección legal la de la disquera.

La autorización, explica Guillermo Pous, abogado especialista en propiedad intelectual, fue hasta antes del 28 de septiembre de 2019, día en que el artista falleció en Florida, Estados Unidos.

“El poder deja de surtir efecto, de ser válido al momento en que muere quien lo otorga, ya no pueden hacer absolutamente nada, a menos que tengan que hacer algún acto jurídico que, de no hacerlo, le pudiera causar un daño grave a la sucesión, esa es la única excepción, pero tendrían que acreditarlo”, detalla.

El jurista aclara que los masters de las grabaciones le pertenecen a la disquera, por lo tanto, no necesitan solicitar una autorización nueva o adicional de marca para hacer uso de ellos como una reedición.

Pous explica que, pese a la caducidad de registros (algunos del año pasado y otros en vías de eso), se tiene un periodo de seis meses antes y después para renovar esos derechos. Eso ya correspondería, precisa, a quien sea el nuevo apoderado del cantante, en este caso Anel Noreña, la que fuera la segunda darían por ser notoriamente conocida”, puntualiza.

Bienes de José José con embargo

El Sistema de Administración Tributaria (SAT) tiene dos registros, con dirección en Estados Unidos, embargados. Estos abarcan, entre otras cosas, organización de espectáculos, programas, libros e interpretación artística.

El embargo se dio porque José José tenía un adeudo, tan solo en 2011, de más de 3 millones de pesos. Pous explica que debido a la acción no podrán ser liberados hasta que se cubra el adeudo.

Indica que si alguien quiere hacer uso del nombre de José José en algún evento, concierto, programa o libro, tendría que pagarse una licencia cuya cifra iría a cuenta del crédito fiscal que el cantante tiene con el SAT, pero lo que pueda entrar de la taquilla queda fuera de este requerimiento.

“Renovar (los derechos de la marca) lo pueden hacer sin necesidad de que levanten el embargo, y en ese momento pueden seguir disponiendo de los derechos que implica esa marca, beneficiándose de los frutos que les deje por explotarla”, comenta.

Sin grandes ingresos de José José en cine ni en tele

De la serie sobre su vida, estrenada en 2018, el cantante ya no cobró nada. Fuentes de la producción indican que dejó que sus hijas en Miami (Monique y Sara) cobraran todo por adelantado.

Y en la próxima película que abordará su vida desde la década de los 90, a la familia no le tocará nada, pues José José estableció que sus ganancias se repartan entre su ex asistente y mánager, quienes han estado cerca del proceso.

Leticia Calderón, integrante del comité ejecutivo de la Asociación Nacional de Intérpretes (ANDI) señaló en su momento a medios que José Joel y Marysol Sosa ya realizaban el cobro de las regalías.

Ayer, Marysol Sosa, hija del cantante, dijo que aún no se ponían en contacto con Sony y que su padre no tenía pendiente la grabación de un nuevo álbum. El artículo 24 de la Ley Federal de los Derechos de Autor cita lo siguiente: 

“En virtud del derecho patrimonial, corresponde al autor el derecho de explotar de manera exclusiva sus obras, o de autorizar a otros su explotación, en cualquier forma".

Además, el heredero universal de ellos podrá gozar de esos derechos por 100 años. En el caso de que los hijos de José José tuvieran los derechos de las regalías como lo comentó en aquella ocasión Leticia Calderón, tienen los derechos de lo que cita el artículo 117.

“El artista intérprete o ejecutante goza del derecho al reconocimiento de su nombre respecto de sus interpretaciones o ejecuciones así como el de oponerse a toda deformación, mutilación o cualquier otro atentado sobre su actuación que lesione su prestigio o reputación”.

Con información de El Universal

GCS