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CFCRL decide reponer elección para la sección 47 del STPRM en Ciudad del Carmen

Se repondrá el proceso; CFCRL encontró válidas las quejas y denuncias sobre los comicios
Sólo a dos secciones se les negó la Toma de Nota de la autoridad laboral
Sólo a dos secciones se les negó la Toma de Nota de la autoridad laboral / Gerardo Can

Debido a que se encontraron dudas razonables basado en las inconformidades que se presentaron, el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral (CFCRL) negó la Toma de Nota a la Sección 47 de Ciudad del Carmen del Sindicato de Trabajadores Petroleros de la República Mexicana (STPRM), por la negativa indebida de registro de planillas, por lo que determinó la reposición del procedimiento de elección, al igual que en la Sección 10, Minatitlán, Veracruz, y de acuerdo con el nuevo Sistema de Justicia Laboral corresponde al CFCRL convocar y organizar la reposición de elecciones.

Esto lo dio a conocer el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral (CFCRL), conforme a las primeras resoluciones sobre la renovación de directivas y de las inconformidades resueltas a la fecha en el proceso de elecciones seccionales del Sindicato de Trabajadores Petroleros de la República Mexicana (STPRM).

La querella en la Sección 47 tiene avisos de alargarse, toda vez que las facciones contrarias a las corrientes tradicionales aluden a que tiene que respetarse la voluntad del trabajador

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Esta dependencia señala que “hasta el momento, el Centro Federal Laboral ha recibido 32 de 36 solicitudes de Toma de Nota de las planillas que participaron en el proceso de elecciones seccionales del STPRM, que se realizaron del 4 de noviembre al 15 de diciembre de 2021.

Del total de esas solicitudes, ayer se notificaron siete resoluciones, cinco en las que se otorga la Toma de Nota y dos en las que se determinó la reposición del procedimiento de elección.

Las tomas de nota de nuevas directivas otorgadas son las siguientes: Sección sindical 01, Ciudad Madero, Tamaulipas; Sección 15, Estado de México; Sección 26, Las Choapas, Veracruz; Sección 35, Tula de Allende, Hidalgo y Azcapotzalco, Ciudad de México, y Sección 44, Villahermosa, Tabasco.

Las dos resoluciones en las que el CFCRL negó la Toma de Nota debido a la duda razonable por la negativa indebida de registro de planillas, son en la Sección 10, Minatitlán, Veracruz, y Sección 47 de Ciudad del Carmen, Campeche.

Dicha determinación se basa en los informes de los inspectores federales del trabajo, así como en las evidencias enviadas por denunciantes a través de la plataforma digital, correo electrónico [email protected], y oficios.

Por ello, el Centro Federal Laboral notificó este día a las siete secciones las resoluciones correspondientes; así como a los denunciantes, quienes pueden consultar el resultado de su queja en www.centrolaboral.gob.mx y de acuerdo con el nuevo Sistema de Justicia Laboral corresponde al CFCRL convocar y organizar la reposición de elecciones, las cuales realizarán una vez concluida la elección a Secretario General del STPRM a efectuarse el próximo 31 de enero de 2022.

En este sentido, hasta el jueves 16 de diciembre de 2021, a las 11:20:51 horas, en el portal habilitado por la CFCRL, se había recibido 731 denuncias, de las cuales entre el 45-50 por ciento, presentan un resolutivo de duda razonable.

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CC

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