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| martes, 12 de febrero de 2008 | |
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* Mañana miércoles, a más tardar, el Consejo Distrital X debe entregar al Consejo General del Ieqroo el conteo definitivo de la elección de presidente municipal de Benito Juárez
Por Francisco Hernández
CHETUMAL, 11 de febrero.- A más tardar, el miércoles 13 de febrero debe finalizar el cómputo de la elección de Ayuntamiento de Benito Juárez, dado que la Ley Electoral establece que entonces vence el plazo que el Consejo Distrital X tiene para hacer llegar al Consejo General del Instituto Electoral de Quintana Roo (Ieqroo) el expediente de la elección municipal, a fin de que el mismo miércoles el máximo órgano administrativo electoral asigne los regidores por el principio de representación proporcional de todos los ayuntamientos. La Ley Electoral, en su artículo 242, dice que: "A más tardar, el segundo miércoles siguiente al de la jornada electoral (que en este caso es el 13 de febrero), el Consejo General deberá contar con los cómputos municipales, a fin de que ese día sesione para realizar la asignación de regidores de representación proporcional, que correspondan al ayuntamiento de cada municipio". La ley no fija una hora para que el Consejo General del Ieqroo inicie su sesión, lo cual abre la posibilidad de que la sesión del cómputo de la elección municipal de Benito Juárez, que se realiza en el Consejo Distrital X de Cancún, finalice el mismo miércoles, en cualquier momento del transcurso del día. El Consejo Distrital X está obligado a remitir el expediente del cómputo municipal al Consejo General del Ieqroo de manera inmediata a su conclusión, según el artículo 235 de la misma ley. De esta forma, puede entenderse que el plazo que tiene el Consejo Distrital X para hacer llegar al Consejo General del Ieqroo el expediente del cómputo de la elección municipal es el miércoles 13 de febrero. El de la elección de Benito Juárez es el único cómputo municipal que no ha concluido, puesto que los de 6 municipios concluyeron el mismo domingo y el de Othón P. Blanco finalizó en la primera hora del lunes. De acuerdo con lo que dice la ley, los consejos distritales que computaron las elecciones de esos 7 municipios deben haber remitido al Consejo General del Ieqroo los expedientes de manera inmediata a la conclusión de la sesión, por lo que a la autoridad electoral sólo le queda esperar el expediente de Benito Juárez. La Ley Electoral dice que el domingo siguiente a la elección, que este caso fue el domingo 10 de febrero, los consejos distritales correspondientes celebrarán sesión ininterrumpida para hacer el cómputo de la elección de miembros de los ayuntamientos, que consiste en la suma de los resultados anotados en las actas de la jornada electoral de las casillas instaladas en los municipios. El procedimiento establecido es el de examinar los paquetes electorales, separando aquellos que tengan muestras de alteración; luego, abrir los paquetes sin alteración siguiendo el orden numérico de casillas y tomar nota de los resultados que consten en el apartado de escrutinio y cómputo del acta de la jornada electoral contenida en el expediente. La ley prevé que si hubiera objeciones fundadas contra las constancias del acta, se repetirá el escrutinio y cómputo de la elección de la casilla correspondiente. Luego, se abrirán los paquetes electorales que tengan muestra de alteración y, si el acta original coincide con la que obra en poder del Consejo Distrital, procederá a computar sus resultados, sumándolos a los demás. Si no coinciden los resultados, procederá a realizar el escrutinio y su resultado se sumará a los demás. Al finalizar el cómputo de los votos, el Consejo Distrital formulará el acta del cómputo distrital y realizará la declaración de validez y la entrega de la constancia de mayoría a la planilla de candidatos a miembros del ayuntamiento que haya obtenido la mayoría de votos en la elección. Una vez finalizada la sesión, el presidente del Consejo Distrital formará el expediente electoral con la documentación de las casillas, el original del acta de cómputo municipal, el acta circunstanciada de la sesión de cómputo y las protestas presentadas. Después de concluido el cómputo municipal, el Consejo Distrital deberá enviar inmediatamente al Consejo General el expediente. |
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