| Instalan el “Coplademun” en la isla |
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| viernes, 02 de mayo de 2008 | |
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* Organo rector del proceso de planeación en el municipio, en el marco del Sistema Estatal * Su objetivo, mejorar la calidad de vida de sus habitantes
Por Alejandro García El miércoles por la tarde, el Ayuntamiento de Isla Mujeres realizó la primera sesión del Comité de Planeación para el Desarrollo Municipal “Coplademun”, el cual tendrá como propósito el trabajo conjunto para poder aterrizar los proyectos y sobre todo, agendar y etiquetar los recursos que pudieran ser destinados en los mismos proyectos. El comité, que se instaló la tarde del miércoles, tendrá como objetivo atender principalmente las necesidades básicas para mejorar la calidad de vida de sus habitantes y la conformación armónica y adecuada de las relaciones funcionales entre las diferentes regiones del país. Es importante destacar que el sistema estatal de planeación, como su nombre lo dice, es para planear y llevar a cabo la formulación, instrumentación, control, seguimiento y evaluación y actualizaciones de los planes estatales y municipales que están dentro del marco de la estrategia nacional de desarrollo sustentado en los Artículos 19 y 20. Son atribuciones del Ayuntamiento dentro del Sistema Estatal de Planeación Democrática el Constituir el Coplademun y vincularlo al Coplade. Los Coplademun son los órganos rectores del proceso de planeación en los municipios, en el marco del Sistema Estatal; tienen a su cargo la coordinación entre los Gobiernos Federal, Estatal y Municipal; la integración de la participación de los particulares, organismos, instituciones y representantes del sector social y privado al proceso de planeación; así como el ejercicio de las demás funciones y el despacho de los asuntos que en la materia les confiere Corresponde al Coplademun en los próximos 5 meses Coordinar las actividades de Formular el Plan Municipal en congruencia con la planeación y la conducción del desarrollo estatal y nacional. Someter el Plan Municipal y los programas que le correspondan, a la aprobación del Ayuntamiento, por conducto del presidente municipal. Establecer los procedimientos y mecanismos eficaces para la formulación, instrumentación, control, seguimiento, evaluación y actualización del Plan Municipal. Fomentar la coordinación del municipio con Sugerir y proponer al Coplade, programas y acciones que se puedan concretar en el marco de los convenios en materia de desarrollo social, que ayuden a alcanzar los objetivos y metas del Plan Municipal. Artículo 39 de Corresponde al Coplademun en los próximos 3 meses posteriores a Los Programas Estatales y Municipales observarán congruencia con los Planes Estatal y Municipal, respectivamente, así como con los objetivos y prioridades de Los Programas Estatales y Municipales, de acuerdo con su ámbito de aplicación, se clasifican en: Programas Sectoriales, Programas Institucionales y Programas Especiales. (Artículo 56 de Para la ejecución de los Planes Municipales y sus respectivos programas, las autoridades responsables de la planeación, en el ámbito de sus respectivas competencias, elaborarán programas operativos anuales, que incluirán los aspectos administrativos y de política económica y social correspondientes. (Artículo 61 de |
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