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Impunidad que lacera a la sociedad PDF Imprimir E-Mail
miércoles, 23 de abril de 2008

 

 

* Evade responsabilidades la Seduma y le “pasa la bolita” a la Profepa * Desprecio del presidente del Diario de Quintana Roo a las normas ecológicas: mandó construir un camino sobre manglares * Prometen las autoridades del ramo una investigación

 

 Por Miguel Angel Fernández

 

CHETUMAL,  22 de abril.-  Sí bien ha devastado manglar para desviar el camino costero, violado los lineamientos del Programa de Ordenamiento Ecológico Territorial (POET) de la Costa Maya, invadir la servidumbre de paso y faltar a la Ley de Equilibrio Ecológico del Estado, aún hace falta mencionar que Luis Contreras Castillo, presidente del Diario de Quintana Roo, difícilmente tendrá los documentos que avalen la construcción del muelle de considerable longitud que se encuentra en su ostentosa edificación ubicada en Río Indio.

Tanto la Dirección de Desarrollo Urbano, como la de Ecología del ayuntamiento de Othón P. Blanco han considerado como graves las faltas a las normas ambientales realizadas por el propietario del Diario de Quintana Roo, y han instruido investigaciones al respecto para conocer el nivel del daño ecológico causado por el monumento a la impunidad que tiene Luis Contreras Castillo en la Costa Maya.

No sólo con el edificio y con la modificación al camino costero se han faltado a diversas leyes, sino también hay que agregar la construcción de un muelle de aproximadamente cien metros en la propiedad de Luis Contreras Castillo, el cual según habitantes de zonas costeras es prácticamente imposible que lo autorice la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat).

Para averiguar el tipo de daño causado por la construcción de este muelle el equipo del POR ESTO! de Quintana Roo se trasladó a las oficinas de la  Semarnat y la Secretaría de Desarrollo Urbano y Medio Ambiente, dependencias que “le pasaron la bolita” a la Profepa.

Llamó la atención este intento de evadir responsabilidades de la Seduma, pues es la dependencia donde se realizan proyectos de ordenamientos ecológicos, y el personal se limitó a manifestar que las faltas al POET Costa Maya son responsabilidad de Profepa.

El caso de Profepa es el colmo, pues una persona no puede acceder a ninguna información en las oficinas que se encuentran en esta capital, ya que como responden los trabajadores “todo está en el norte y las únicas personas autorizadas para brindar información se encuentran en Cancún”.

Cabe recordar que, de manera mañosa y aprovechándose de la falta de atención de las autoridades encomendadas para preservar el medio ambiente, Luis Contreras Castillo, edificó una vivienda vacacional de más de nueve habitaciones, un muelle de aproximadamente cien metros, y un gran estacionamiento construido sobre el antiguo camino costero.

Contreras Castillo corrió su cerca sobre el camino costero que va de Majahual a Pulticub para incrementar el tamaño de su propiedad que colinda con el mar, afectando una zona de manglar para desviar el acceso con lo que violó una gran cantidad de normas ambientales.

Con la modificación que realizó al tradicional camino costero no respeta la servidumbre de paso, la cual obliga al titular de bien a permitir el tránsito de personas o cosas por su propiedad, generalmente para acceder a otras fincas, precepto asentado en el Código Civil del Estado de Quintana Roo.

Y es que, una persona que circula sobre el camino costero que va hacia Placer y Pulticub, al llegar a la altura de esta propiedad se topa de lleno con la barda perimetral de la construcción. Por lo tanto un viajero tiene que bordear la construcción sobre un camino improvisado, construido sobre manglares, el cual los mismos propietarios ordenaron hacer para tratar de ocultar su abuso y su desprecio por las normas ambientales.

De igual manera, para desviar el camino costero, Luis Contreras también infringió la Ley de Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente del Estado de Quintana Roo, pues ordenó la construcción de una nueva vía para lo cual rellenó una zona de manglares.

En este sentido cabe señalar que la mencionada ley considera como daño ambiental, “toda pérdida, deterioro o menoscabo que se actualice en cualquiera de los elementos que conforman un ecosistema, un recurso biológico o natural, o en los que condicionan la salud o la calidad de vida de la población, como resultado de la actividad humana, en contravención a esta ley, su reglamento, normas oficiales y demás disposiciones legales que resulten aplicables”.

Respecto a este tipo de daños ambientales, la Ley de Equilibrio Ecológico manifiesta que las violaciones pueden ser multadas por el equivalente de 20 a 50,000 días multa, ser arrestados hasta por treinta y seis horas e incluso pagar una multa equivalente al 100% del valor del daño causado.

Asimismo, cabe mencionar que en el artículo 416 del Código Penal para el Distrito Federal en Materia Común y para toda la República en Materia Federal Relacionados con Medio Ambiente, señala que se impondrá pena de tres meses a seis años de prisión y de mil a veinte mil días multa, al que sin la autorización que en su caso requiera, o en contravención a las disposiciones legales, reglamentarias y normas oficiales mexicanas, cuando destruya, deseque, rellene humedales, manglares, lagunas, esteros o pantanos.

 

 
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