De la Redacción
Cristina Alcayaga Núñez, vicepresidenta del Consejo Nacional Empresarial Turístico, dijo que es una buena señal por parte de la administración de Quintana Roo atender una inquietud de varios años por parte del sector hotelero, pues las rentas vacacionales están en pleno auge y era urgente su regulación en el estado, que cuenta con la infraestructura turística más grande del país.
La iniciativa establece el cobro parejo de 3% por concepto de Impuesto al Hospedaje a todas las plataformas de rentas vacacionales, pues solamente Airbnb remite la carga impositiva.
Dicha plataforma comenzó desde el 1 de octubre del 2017 con la recolección y remisión de 3% en concepto de Impuesto al Hospedaje en representación de sus anfitriones, para el cumplimiento del acuerdo impositivo alcanzado por ambas partes; es decir, en poco más de un año Airbnb ha concretado 11 acuerdos de cooperación con gobiernos estatales, garantizando así el futuro del turismo sustentable.
Así, Airbnb ha anunciado acuerdos para la recolección y remisión de los impuestos en representación de sus anfitriones con Ciudad de México, Quintana Roo, Yucatán, Sinaloa, Oaxaca y Baja California.
Alcayaga Núñez refirió que la iniciativa del gobernador es un paso importante que pone al estado a la vanguardia en esta materia y da pie a que otras entidades tomen el ejemplo y regulen también esta misma actividad.
Por su parte, Miriam Cortés Franco, presidenta ejecutiva de la Asociación de Clubes Vacacionales de Quintana Roo, comentó que también el sector de los tiempos compartidos ve con buenos ojos la voluntad mostrada por el gobernador, dada la competencia desleal que representa para la hotelería tradicional, sin embargo, “la iniciativa es perfectible y debe corregirse de ser posible antes de que se apruebe por parte del Congreso local”.
La ejecutiva explicó que la iniciativa sigue siendo muy laxa y continúa manteniendo abierta la posibilidad de que esta actividad “crezca de manera anárquica, sin respetar usos de suelo, ni las vocaciones habitacionales, comerciales o industriales de una ciudad”.
Esto se aprecia claramente, dijo, en la parte de la iniciativa en la que se menciona que son sujetas de las obligaciones que establece la ley todas las “personas físicas o morales que de manera temporal, total o parcial brinden servicio de hospedaje o alojamiento en sus inmuebles particulares”.
Es decir, no limita el número de viviendas en renta que pueda operar una persona, tampoco limita las zonas de operación de las mismas, mucho menos se pone un límite a las temporadas en que pudiesen operar estas plataformas, como sí ocurre en otras partes del mundo con vocación turística, aseguró.